Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

Tributarios en la jurisdiccion del distrito de Independencia hasta el 15 de febrero del presente ejercicio fiscal; y en cuyo tercer articulo faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias, asi como las ampliaciones de vigencia; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en efecto senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, establecen los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, el referido beneficio tributario y no tributario ha sido prorrogado mediante Decreto de Alcaldia Nº 0032011-MDI, hasta el 28 de febrero del presente ano, no obstante existe demanda por parte de los vecinos de su ampliacion y siendo politica de la actual gestion otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, orientados a reducir los margenes de morosidad y ampliar la cultura tributaria a fin de contribuir con el desarrollo integral del distrito; Estando a lo expuesto, y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR los Beneficios Tributarios y No Tributarios, establecidos en la Ordenanza Nº 0223-MDI hasta el 31 de marzo del 2011, bajo los mismos terminos precisados. Articulo Segundo.- De acuerdo a lo dispuesto en la presente MORDAZA no se aplicaran los intereses moratorios establecidos en el Art. 33º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias; por el periodo comprendido entre el 28 de febrero y la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico y Subgerencia de Imagen Institucional. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
617481-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo en el distrito
ORDENANZA N° 357-MPL

Pueblo Libre, 15 de marzo de 2011 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 06 de fecha 15 de Marzo de 2011, en atencion al Dictamen Nº 011-2011-MPL/CPL-CPAFP; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197° y 199° de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV,

del Titulo IV, sobre descentralizacion establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participacion Vecinal en el desarrollo local, formulan sus Presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la Ley de Bases de Descentralizacion N° 27783, dispone en su articulo 17°, que los Gobiernos Regionales y Locales, estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestion Publica; Que, el Articulo 1° del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 , Ley Organica de Municipalidades, precisa que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de Participacion Vecinal en las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, el articulo 53° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, referido a los Presupuestos Participativos Municipales y la Contabilidad de los mismos, senala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos que forman parte del sistema de Planificacion Municipal y son definidos como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de la jurisdiccion; Que, la Decima Sexta Disposicion Complementaria de Ley Organica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularan mediante Ordenanzas los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley N° 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se establecen disposiciones que tienen como finalidad alcanzar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion de los Presupuestos Participativos, en MORDAZA con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, por Ley Nº 29298 se modifican los articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley N° 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA de el Presupuesto Participativo, precisando ademas que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecidas en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes Leyes Organicas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 007- 2010EF/76.01 de fecha 26 de marzo 2010 se Aprobo: "Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", con el Objetivo de establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, sus modificatorias Ley Nº 29298 y la Ley Nº 28411-Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias; Que, resulta necesario Reglamentar en la Jurisdiccion del Distrito de Pueblo Libre, la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones, derechos asi como, establecer un Cronograma minimo anual para el desarrollo de las acciones del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo a partir del Ano 2011; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por MAYORIA, con el MORDAZA en contra de los senores Regidores Loli y Gutti;, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

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