Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439509

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo en la jurisdiccion del Distrito de Pueblo Libre, el mismo que consta de X Secciones y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Distrital y Gerencia de Participacion Vecinal. Articulo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico su inclusion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe); y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Articulo Quinto.- DISPONER que de conformidad con el Articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin sus anexos, sea publicado en el Diario Oficial "El Peruano". DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- AUTORIZAR al senor MORDAZA, dictar mediante Decreto de Alcaldia medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del MORDAZA del Presupuesto Participativo, si fuese necesario. Segunda.- DEROGAR la Ordenanza Nº 257-MPL a partir de la vigencia de la presente. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA
617930-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Convocan al MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004

San MORDAZA de Lurigancho, 18 de marzo de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 031-2011-GP/MDSJL de fecha 11 de marzo del 2011, de la Gerencia de Planificacion, el Informe Nº 087-2011-GAJ/MSJL de fecha 16 de marzo del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Memorandum Nº 0356-2011-GM/MDSJL de fecha 16 de marzo del 2011 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 031-2011-GP/MDSJL de fecha 11/03/2011, emitido por la Gerencia de Planificacion, se senala que se ha llevado a cabo la reunion del Equipo

Tecnico del Presupuesto Participativo del ano fiscal 2012, en la cual se ha procedido a elaborar el proyecto de cronograma y propuesta metodologica que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2012 en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a efectos que el mismo sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de Alcaldia, conforme a lo senalado en el numeral 13.4 del articulo 13º de la Ordenanza Municipal Nº 211 que aprobo el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo del distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Que, mediante informe Nº 087-2011-GAJ/MSJL de fecha 16/03/2011, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, luego del analisis legal de las normas vigentes pertinentes sobre la materia concluye opinando que resulta procedente que el Titular de la Corporacion Municipal mediante Decreto de Alcaldia, apruebe el cronograma y propuesta metodologica del Presupuesto Participativo del ano fiscal 2012. Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad. Que, mediante Ordenanza Nº 211 de fecha 09/03/2011 se aprobo el Reglamento del Presupuesto Participativo en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, el cual contiene los mecanismos de identificacion y acreditacion de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, y las fases para el desarrollo de las acciones del MORDAZA del presupuesto participativo. Que, la citada Ordenanza Nº 211, en el numeral 13.4 del Articulo 13º senala que la metodologia y programacion del presupuesto participativo se aprobara mediante Decreto de Alcaldia. Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en MORDAZA con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales. Que, el primer parrafo del Articulo 53º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion". Que, es necesario convocar a la poblacion debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones publicas y privadas que ejecutan acciones en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a la cooperacion tecnica, a las autoridades, entre otros para el MORDAZA del presupuesto participativo 2012. Que, es necesario que el distrito para el presente MORDAZA del presupuesto participativo, sea segmentado para una mejor distribucion de los recursos publicos, y para una mejor coordinacion y concertacion con la poblacion. Que, el MORDAZA participativo se llevara a cabo a partir de la identificacion de los principales problemas del distrito, los cuales serviran de base para la propuesta y priorizacion de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas. Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA competencia del Concejo Municipal". Estando a lo MORDAZA expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y de la Ordenanza Municipal Nº 211;

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