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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2011 (14/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de mayo de 2011 442479 refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, las transferencias fi nancieras entre entidades del Gobierno Nacional, consideradas del Seguro Integral de Salud, durante el Año Fiscal 2011; se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en concordancia con lo establecido en los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, conforme a la adición dispuesta en el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 612-2010/MINSA, el Seguro Integral de Salud, solo reconocerá los gastos del Componente de Gestión que se encuentren dentro de los límites establecidos en lo dispuesto por el numeral 7 Disposiciones Específi cas de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01.: Nivel I-1 al II- 1 40%, Nivel II-2 al III-1 36% y III-2 24% y según la gradualidad desarrollada en el artículo 6º de la citada Resolución Ministerial; Que, con el visto bueno de Subjefatura del SIS, Secretaría General, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, Ofi cina de Administración y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y de acuerdo a lo dispuesto en el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28’486,235.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de mayo 2011 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de DOSCIENTOS CUARENTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 245,648.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de mayo 2011 detallado en el Anexo 02 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- El Titular del Pliego aprueba mediante la Resolución Ejecutiva Regional la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático y respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, www.sis.gob.pe, opción Transparencia > Transferencias > Calendario de Pago, el texto de la presente Resolución y sus Anexos 01 y 02. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 640464-1 Aprueban “Directiva que regula los Procesos de Validación Prestacional del Seguro Integral de Salud” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 056-2011/SIS Lima, 12 de mayo de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 243-2011-SIS-GO de la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 149-2011-SIS/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y defi nido en el artículo 7º de la Ley Nº 29344 - Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afi liados; Que, por Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, se aprueba el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y se aprueban las Defi niciones Operacionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 872-2009/ MINSA se establecen disposiciones para que el SIS aplique el Tarifario y Defi niciones Operacionales aprobadas por Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA en los ámbitos del Aseguramiento Universal en Salud, mediante la implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, por Resolución Ministerial Nº 226-2011/ MINSA se dispone sustituir el Anexo Nº 01 “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado”, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA y el Anexo Nº 02 “Defi niciones Operacionales”, aprobado por el artículo 2º de la precitada Resolución Ministerial, de conformidad con los documentos que forman parte de dicha resolución sectorial; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 206-2011/MINSA, ratifi ca la facultad del Seguro Integral de Salud para emitir las disposiciones necesarias a fi n de sustituir gradualmente el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el PEAS en los ámbitos del Aseguramiento Universal en Salud, e implementar progresivamente el desarrollo de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo, en lo concerniente a la afi liación, cobertura prestacional, control y pago de prestaciones; Que, conforme al documento de vistos, la Gerencia de Operaciones sustenta la necesidad de contar con un instrumento normativo que regulen los procesos de validación prestacional del SIS, a fi n de contribuir con la implementación del Tarifario del Seguro Integral de Salud y con el adecuado control de las prestaciones brindadas a los asegurados e inscritos al SIS, tanto en el ámbito de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salid, como en el contexto del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA; Que, con el visto bueno de la Sub Jefatura del SIS, Secretaría General, Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Informática y Estadística, Gerencia de Financiamiento