Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2011 (14/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Tribunal de Fiscalizacion Ambiental, cuyo pronunciamiento pone fin a la via administrativa. Articulo 28°.- Actuacion de medios probatorios El Tribunal de Fiscalizacion Ambiental y el organo de resolucion se encuentran facultados para ordenar la actuacion de medios probatorios, a fin de resolver los recursos de apelacion y reconsideracion, respectivamente, de considerarlo pertinente. Capitulo II Multas Coercitivas Articulo 29°.- Multas coercitivas Las multas coercitivas constituyen un medio de ejecucion forzosa de las resoluciones que imponen medidas cautelares o correctivas, siendo independiente de estas y no tiene caracter sancionador. El organo de resolucion y la Presidencia de Consejo Directivo podran aplicar multas coercitivas. Para tal efecto, la resolucion que imponga medidas cautelares o correctivas debe establecer como apercibimiento la imposicion de una multa coercitiva, indicandose el plazo para el cumplimiento de la obligacion y el monto a ser aplicado en caso de persistir el incumplimiento. La imposicion de multas coercitivas se regiran de conformidad con lo dispuesto en los articulos 21º y 22 ° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. Capitulo III Registro de actos administrativos Articulo 30°.- Registro de actos administrativos El OEFA mantendra un registro permanente en el cual se incluyan los actos administrativos que dispongan las sanciones, medidas administrativas impuestas y los que resuelven los recursos administrativos interpuestos. En este registro se debe consignar como informacion minima: (i) el numero de expediente; (ii) el nombre o razon social del administrado; (iii) la disposicion incumplida y/o la infraccion cometida; (iv) la sancion impuesta y/o la medida administrativa adoptada; (v) el numero y fecha de notificacion del acto administrativo que impone la sancion o la medida administrativa; (vi) el MORDAZA de recurso administrativo interpuesto; y (vii) el numero y fecha de notificacion del acto que resuelve cada recurso administrativo. El registro de actos administrativos sera implementado fisica y virtualmente por la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos. Articulo 31°.- Acceso al registro a traves del MORDAZA web institucional Los actos administrativos consignados en el registro al que se refiere el articulo precedente seran publicados en el MORDAZA web institucional. Para tal efecto, se debera observar lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- Reglas de supletoriedad En todo lo no previsto de manera expresa en el presente Reglamento, se aplicara supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y las disposiciones contenidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 229.2 de la citada Ley.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.Procedimientos administrativos sancionadores en tramite Los procedimientos administrativos sancionadores en tramite que MORDAZA conocidos por el OEFA en el MORDAZA de los procesos de transferencia de funciones, continuaran sus actuaciones segun las disposiciones del reglamento bajo el cual se originaron y sus correspondientes regimenes de infracciones y sanciones. Segunda.- Cuadro de tipificacion de infracciones y sanciones Mientras no se apruebe el Cuadro de Tipificacion de Infracciones y Sanciones del OEFA, se aplicara el regimen de infracciones y sanciones vigente de cada una de las entidades cuyas funciones se transfieran al OEFA. Tercera.- Procedimiento de decomiso de bienes En un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) dias de la publicacion del presente Reglamento la Direccion de Supervision debera elaborar el Reglamento del Procedimiento de Decomiso de Bienes, ya sea para efectos de la adopcion de medidas administrativas o de la imposicion de sanciones. 639828-1, 639826-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban realizacion y dan caracter oficial al MORDAZA Internacional de Derecho Registral "La Formalizacion de la Propiedad, MORDAZA del Crecimiento Economico. Experiencias Iberoamericanas", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 132-2011-SUNARP/SN MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Oficio N° 311-2011-Z.R.N°XII-JEF del Jefe de la MORDAZA Registral N° XII ­ Sede MORDAZA, referido a la aprobacion y oficializacion del MORDAZA Internacional de Derecho Registral "La Formalizacion de la Propiedad, MORDAZA del Crecimiento Economico. Experiencias Iberoamericanas"; CONSIDERANDO: Que, son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP ejecutar actividades de formacion, capacitacion y entrenamiento de los Registradores Publicos y demas personal que integran el Sistema; asi como la difusion e intercambio de conocimientos con demas instituciones a efectos de preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la funcion registral, orientado principalmente a su especializacion, conforme lo establece la Ley N° 26366 ­ Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; Que, mediante documento de vistos, el Jefe de la MORDAZA Registral N° XII ­ Sede MORDAZA, ha solicitado se otorgue la aprobacion y oficializacion del evento academico denominado: MORDAZA Internacional de Derecho Registral "La Formalizacion de la Propiedad, MORDAZA del Crecimiento Economico. Experiencias Iberoamericanas",

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