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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443304 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Acreditan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna para la transferencia de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 354-2011-PCM/SD Mirafl ores, 25 de mayo de 2011 VISTOS: Los Informes de Concordancia Nº 021-2010-PCM/ SD-OTME y N° 001-2011-PCM/SD-OTME, elaborados según lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 060-2008-PCM/SD, que extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, para normar y regular la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008; y, el Informe Nº 019-2011-PCM/SD- FNH. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008- PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, el mismo que comprendió a las cinco (5) funciones que no fueron incluidas en los planes anuales de transferencia aprobados desde el año 2004 hasta el año 2007, a fi n de cumplir con la primera medida del Shock Descentralizador, anunciada por el Presidente de la República, que disponía la transferencia a los Gobiernos Regionales de las 185 funciones de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 060-2008-PCM/SD, se extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003- 2007-PCM/SD, a fi n de normar y regular la transferencia de las funciones comprendidas en el plan anual de transferencia del año 2008, antes mencionado; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2009-PCM/SD, se aprobaron los requisitos específi cos mínimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de la función g) del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, los cuales fueron propuestos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, involucrado en el proceso de transferencia, en su calidad de ente rector; Que, mediante los Informes de Concordancia Nº 021-2010-PCM/SD-OTME y N° 001-2011-PCM/SD- OTME, elaborados de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, antes mencionada, los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna fueron declarados POR POTENCIAR, al no haber cumplido con alguno de los requisitos específi cos mínimos establecidos, según los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los mismos Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de la función g), en mención; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, a fi n de facilitar la certifi cación, y posterior acreditación de la función g), antes mencionada, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna, han suscrito los respectivos Convenios Marco Intergubernamentales, los cuales han sido remitidos a la Secretaría de Descentralización mediante los Ofi cios N° 131, 172 y 149-2011-VIVIENDA- SG/T, respectivamente, para continuar con el proceso de transferencia de dicha función; Que, al haber culminado la etapa de certifi cación, con la suscripción de los respectivos Convenios Marco Intergubernamentales, según lo antes señalado, corresponde a la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, proceder a la acreditación de la función g), antes mencionada, a los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna, mediante la resolución correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación, la Secretaría de Descentralización debe notifi car al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la efectivización de la transferencia de dicha función g), así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dicha función, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/ SD: “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable; y, según lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, para la identifi cación y cuantifi cación de recursos presupuestales asociados a las funciones materia de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se ha establecido un plazo defi nitivo para culminar con las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados en los planes anuales de transferencia de competencias sectoriales, aprobados durante el período 2003-2010, el mismo que vencerá a los 45 días de publicada la norma en mención; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29209; los Decretos Supremos Nº 093-2007-PCM, Nº 049- 2008-PCM y N° 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD y 007-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento Certifi car que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, según los Informes de Concordancia Nº 021-2010-PCM/SD-OTME y N° 001- 2011-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de dicha función. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y a los Gobiernos Regionales de Ancash, Loreto y Tacna, los cuales han acreditado la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción,