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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2011 (27/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443319 Amplían plazo de prepublicación del proyecto de “Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2011/MINSA Lima, 24 de mayo de 2011 Visto el Expediente Nº 11-039934-001, que contiene la Nota Informativa Nº 465-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1062, estipula, como uno de los derechos de los consumidores, el recibir de los proveedores la información necesaria para tomar una decisión o realizar una elección adecuadamente informada en la adquisición de alimentos, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de éstos; Que, el artículo 36º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por Ley Nº 29571, establece que cuando un alimento contenga un tipo de grasa considerada trans debe advertirlo en su etiqueta, así como su porcentaje; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 286-2011/ MINSA, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 21 de abril de 2011, se dispuso la prepublicación del proyecto de “Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados” en el portal de Internet del Ministerio de Salud por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 149- 2005-EF, Disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC, estipula que los proyectos de Reglamentos Técnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deberán publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” o en la página web del sector que los elabore; y que el proyecto de Reglamento Técnico deberá permanecer en el vínculo electrónico por lo menos noventa (90) días calendario, contados desde la publicación de la Resolución Ministerial del sector correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido, corresponde ampliar el plazo de prepublicación del proyecto de “Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados”, dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 286-2011/MINSA, por sesenta (75) días calendario adicionales, a fi n de completar el plazo de noventa (90) días calendario dispuesto en el precitado Decreto Supremo Nº 149-2005-EF, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el plazo de prepublicación del proyecto de “Norma Técnica Sanitaria para la consignación de grasas trans en el etiquetado de alimentos industrializados”, en setenta (75) días calendario adicionales, contados a partir del vencimiento del plazo señalado la Resolución Ministerial Nº 286-2011/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 645068-3 Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2011/MINSA Lima, 24 de mayo del 2011 Visto, el Informe Nº 049-2011-OP-OGPP/MINSA, emitido por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para la autorización de incorporación de fondos públicos por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados para el Ejercicio Presupuestario 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1008-2010/ MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2010, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2011 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, la Unidad Ejecutora 124 Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES de acuerdo al literal d) del artículo 78°B del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005- SA y sus modifi catorias, tiene como función “Efectuar los procesos de adquisiciones de recursos estratégicos, de acuerdo a la programación y requerimientos de los órganos del Ministerio de Salud, así como por encargo de las instancias de salud del nivel regional y otras Entidades del Sector Público a nivel nacional, en concordancia al marco legal vigente y con la oportunidad, calidad y precios adecuados”; Que, el artículo 52° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017, establece que “La persona natural o jurídica que desee participar en un proceso de selección, deberá registrarse como participante conforme a las reglas establecidas en las Bases (…) El participante se registrará previo pago de un derecho, cuyo monto no podrá ser mayor al costo de reproducción de las Bases…”; Que, mediante Memorándum Nº 119-2011-DARES/ MINSA de la Directora General de la Unidad Ejecutora 124 Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES solicitó la autorización para realizar recaudaciones en el marco de sus funciones por concepto de venta de bases para licitaciones públicas, concursos públicos y otros; asimismo, incorporar en el presupuesto del presente año la proyección de recaudación de TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000,00) por la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el Año Fiscal; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y lo dispuesto en el literal i) del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01;