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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2011 (27/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443314 mediante Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/93.01. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 645465-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de GTS Repartición S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2011-MEM/DM Lima, 23 de mayo de 2011 VISTO: El Expediente N° 16267510, organizado por GTS Repartición S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12450258 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Solar Repartición Solar 20T; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2047837, de fecha 03 de diciembre de 2010, GTS Repartición S.A.C. ha solicitado concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Solar Repartición Solar 20T, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en el distrito de La Joya, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3° y 38º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 114-2011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 66° de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de GTS Repartición S.A.C., que se identifi cará con el código N° 16267510, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Repartición Solar 20T, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en el distrito de La Joya, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente. Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 371-2011 a suscribirse con GTS Repartición S.A.C., que consta de 19 Cláusulas y 4 Anexos. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión N° 371-2011, referido en el artículo 2° de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 645087-1 Otorgan concesión definitva de generación con Recursos Energeticos Renovables a favor de GTS Majes S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2011-MEM/DM Lima, 23 de mayo de 2011 VISTO: El Expediente N° 16267410, organizado por GTS Majes S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12452813 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Solar Majes Solar 20T; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2047840, de fecha 03 de diciembre de 2010, GTS Majes S.A.C. ha solicitado concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Solar Majes Solar 20T, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3° y 38º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 109-2011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 66° de su Reglamento,