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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2011 (27/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de mayo de 2011 443318 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 645525-1 SALUD Autorizan viaje de profesional para participar en el XIV Congreso Internacional de ALAMI que se realizará en la República Dominicana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 406-2011/MINSA Lima, 24 de mayo del 2011 Visto el Expediente Nº 11-041948-001; y, CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, se llevará a cabo el XIV Congreso Internacional de ALAMI Santo Domingo 2011 “Mejores Prácticas de los Modelos de Salud en América Latina”, del 07 al 09 de junio de 2011; Que mediante Carta de fecha 13 de mayo de 2011, la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud - ADARS, ha cursado invitación al médico cirujano Elías Melitón Arce Rodríguez para participar en el precitado evento; Que los gastos de participación en el citado evento, serán asumidos por la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud - ADARS; Que el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que considerando la importancia del tema a tratar en dicho evento, resulta necesario autorizar el viaje del médico cirujano, Elías Melitón Arce Rodríguez, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, y en uso de la facultad señalada en el literal l), artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del médico cirujano Elías Melitón Arce Rodríguez, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 07 al 10 de junio de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- Disponer que el mencionado profesional dentro de los 15 días posteriores a su retorno, presente a la Alta Dirección, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento objeto de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 645068-1 Rectifican Anexo Nº 1 de los Lineamientos Generales sobre “Transferencia de Gestión” del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2011/MINSA Lima, 24 de mayo del 2011 Visto el expediente Nº 11-035294-001 que contiene el Informe Nº 091-2011-OGPP-OPGI/MINSA, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 334-2011/ MINSA, de fecha 03 de mayo del 2011, se aprobaron los Lineamientos Generales sobre “Transferencia de Gestión” del Ministerio de Salud; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, comunica en el Informe del visto, que en literal v del Anexo 1 de los Lineamientos Generales sobre “Transferencia de Gestión” del Ministerio de Salud, existe un error material de transcripción, que debe ser corregido; Que, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el error material incurrido en el literal v del Anexo 1 de los Lineamientos Generales sobre “Transferencia de Gestión” del Ministerio de Salud, no altera ni el contenido ni el sentido del acto que lo aprobó, por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo corrigiendo el error material incurrido con efecto anticipado a la fecha de emisión de la Resolución que aprobó los citados Lineamientos; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectifi car, con efi cacia anticipada al 03 de mayo de 2011, el literal v del Anexo Nº1, de los Lineamientos Generales sobre “Transferencia de Gestión” del Ministerio de Salud, aprobados con Resolución Ministerial Nº 334-2011/MINSA, quedando redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http//www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 645068-2