Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2011 (31/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, establece, de manera excepcional, el Beneficio de Regularizacion Tributaria 2011, con el fin que los contribuyentes del Distrito puedan cumplir con sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios, generados y contraidos incluso hasta el 31 de MORDAZA 2011; Que, en base al Informe Nº 004-2011-OAT/MSMM remitido por el Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria, la Alcaldesa propone al Concejo Municipal el Proyecto de Ordenanza sobre el Beneficio de Regularizacion Tributaria 2011, el cual fue aprobado mediante Sesion Ordinaria de Concejo Nº 10, de fecha 19 de mayo; Que, el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribucion del Concejo Municipal aprobar las ordenanzas; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Ordenanza sobre el Beneficio de Regularizacion Tributaria 2011, el cual en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ORDENAR la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion Tributaria a traves de la Unidad de Informatica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional: www.stamariadelmar.gob.pe Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA RODA SCHEUCH DE MORDAZA Alcaldesa 645756-4

local, formulan y rinden cuentas de su ejecucion anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su Titulo Preliminar; Articulo 1º, establece que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la Organizacion Territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades. A su vez; el Articulo IV, senala que los Gobiernos representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 53º del mismo cuerpo de leyes, preceptua que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos Anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion. Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, definen y establecen pautas para la Participacion Ciudadana en el MORDAZA de toma de decisiones relativo a la asignacion de los recursos publicos en los procesos de elaboracion del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; establecen disposiciones para promover la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto, el cual se desarrollo en MORDAZA con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el numeral 8 del Articulo 9° y el Articulo 40° de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades; y, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2011-MDC-CM QUE MORDAZA Y REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 Articulo Primero.- DAR INICIO al Presupuesto Participativo del ano Fiscal 2012 el mismo que seguira las pautas establecidas en el Instructivo Nº 001-2010-EF/ 76.01Instructivo para el MORDAZA Participativo basado en resultados aprobado por Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 y los que dispongan la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano Fiscal 2012 en la Provincia de San MORDAZA, que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano Fiscal 2012 que forma parte del Reglamento en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Jefe de Planificacion y Presupuesto y el Equipo Tecnico del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano 2012, la ejecucion de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza incluyendo su difusion en el MORDAZA web de la Municipalidad Distrital de Corrales. El Jefe de Planificacion y Presupuesto sera el responsable de incorporar la informacion necesaria para el aplicativo interactivo del MORDAZA Participativo en la forma senalada en el capitulo I item 4 del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 asi como de cualquier otra informacion que sobre el MORDAZA demanden las disposiciones legales del estado. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Secretaria General, Planificacion y Presupuesto, Participacion Ciudadana, Equipo Tecnico y todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de MORDAZA el Cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- DEROGUESE o DEJESE sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 646495-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Disponen el inicio del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2012 y aprueban su Reglamento y Cronograma
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2011-MDC-CM MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2011 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA ­ Tumbes, en Sesion Extraordinaria del 18 de MORDAZA del 2012; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru. Modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participacion vecinal en el Desarrollo Local, formulan sus presupuestos con la participacion vecinal en el desarrollo

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