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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2011 (31/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de mayo de 2011 443531 Distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, establece, de manera excepcional, el Benefi cio de Regularización Tributaria 2011, con el fi n que los contribuyentes del Distrito puedan cumplir con sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios, generados y contraídos incluso hasta el 31 de mayo 2011; Que, en base al Informe Nº 004-2011-OAT/MSMM remitido por el Jefe de la Ofi cina de Administración Tributaria, la Alcaldesa propone al Concejo Municipal el Proyecto de Ordenanza sobre el Benefi cio de Regularización Tributaria 2011, el cual fue aprobado mediante Sesión Ordinaria de Concejo Nº 10, de fecha 19 de mayo; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar las ordenanzas; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Ordenanza sobre el Benefi cio de Regularización Tributaria 2011, el cual en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ORDENAR la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración Tributaria a través de la Unidad de Informática la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en el portal Institucional: www.stamariadelmar.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 645756-4 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES Disponen el inicio del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2012 y aprueban su Reglamento y Cronograma ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2011-MDC-CM Corrales, 19 de mayo del 2011 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Corrales – Tumbes, en Sesión Extraordinaria del 18 de mayo del 2012; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú. Modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participación vecinal en el Desarrollo Local, formulan sus presupuestos con la participación vecinal en el desarrollo local, formulan y rinden cuentas de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título Preliminar; Artículo 1º, establece que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la Organización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. A su vez; el Artículo IV, señala que los Gobiernos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 53º del mismo cuerpo de leyes, preceptúa que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos Anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción. Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi nen y establecen pautas para la Participación Ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; establecen disposiciones para promover la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el voto unánime del Pleno del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2011-MDC-CM QUE NORMA Y REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 Artículo Primero.- DAR INICIO al Presupuesto Participativo del año Fiscal 2012 el mismo que seguirá las pautas establecidas en el Instructivo Nº 001-2010-EF/ 76.01Instructivo para el Proceso Participativo basado en resultados aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 y los que dispongan la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2012 en la Provincia de San Miguel, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2012 que forma parte del Reglamento en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Jefe de Planifi cación y Presupuesto y el Equipo Técnico del proceso del Presupuesto Participativo para el año 2012, la ejecución de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza incluyendo su difusión en el Portal web de la Municipalidad Distrital de Corrales. El Jefe de Planifi cación y Presupuesto será el responsable de incorporar la información necesaria para el aplicativo interactivo del Proceso Participativo en la forma señalada en el capítulo I ítem 4 del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 así como de cualquier otra información que sobre el Proceso demanden las disposiciones legales del estado. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General, Planifi cación y Presupuesto, Participación Ciudadana, Equipo Técnico y todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Corrales el Cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- DERÓGUESE o DÉJESE sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cúmplase. JAVIER REYNALDO VELIZ SAAVEDRA Alcalde 646495-1