Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2011 (31/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2011

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza N° 223-MDMM que prohibe la realizacion de eventos, actividades y/o similares en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 465-MDMM MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 10 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 220-2011-DS-GCSC-MDMM, el Memorando Nº 332-2011-GCSC y el Informe Nº 4112011-GAJ-MDMM de fecha 13 de MORDAZA del 2011 del Departamento de Sanciones, Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y Gerencia de Asesoria Juridica respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680; Que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 54º de la Constitucion Politica del Estado, el territorio del Estado es inalienable e inviolable y comprende el suelo, el subsuelo, el dominio maritimo, y el espacio aereo que los cubre. En concordancia a ello, el art. 55º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles; Que, dentro de las politicas del municipio, se encuentran aquellas relacionadas a recuperar la naturaleza, calidad y destino de los espacios publicos, para promover un ambiente optimo a la recreacion de los vecinos del distrito. Por ello, en la medida que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA, es parte importante de la identidad del distrito, es conveniente dictar medidas que eviten su deterioro y mal uso; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- AGREGUESE al articulo primero de la Ordenanza Nº 223-MDMM, el siguiente parrafo: "La prohibicion contenida en el parrafo anterior, comprende la realizacion de ferias, espectaculos, festivales, encuentros, representaciones, funciones, exposiciones y/o cualquier otra actividad similar y/o evento considerado no deportivo con fines de lucro, sea cual fuere la naturaleza, modalidad o finalidad de los mismos, salvo lo dispuesto en el articulo siguiente".

Articulo 2º.- MODIFICASE el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aplicable de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, de acuerdo a lo siguiente: Codigo Infraccion Multa en % de la UIT vigente 50% Otras sanciones Retiro Inmediato

Realizar eventos, actividades y/o similares 21004 en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza al Gerente de Control y Seguridad Ciudadana. Articulo 4º.- Queda sin efecto cualquier disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 646424-1

Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA Nº 466-MDMM MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 10 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 060-2011-GATR-MDMM y memorando Nº 156-2011-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el memorando Nº 118-2011-GMMDMM de la Gerencia Municipal, el memorando Nº 2132011-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 300-2011-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04/10/05, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 36º del Codigo Tributario, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y modificado mediante D. Leg. Nº 969, establece que la Administracion Tributaria puede conceder fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que asi lo solicite, siempre que este cumpla con los requerimientos o garantias que se establece dicho articulo; Que, mediante Ordenanza Nº 130-MDMM del 17 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Administrativas y Tributarias; sin embargo, teniendo en cuenta las variaciones que se han efectuado en la normativa desde dicha fecha hasta ahora, es necesario aprobar un MORDAZA sistema para los fraccionamientos de deudas tributarias y no tributarias,

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