Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2011 (31/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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acorde a la normativa actual, de tal forma que facilite a los deudores de la Municipalidad regularizar el pago de sus adeudos tributarios y no tributarios estableciendo las condiciones, los requisitos, el procedimiento y las garantias que el deudor debera cumplir para el otorgamiento del fraccionamiento; asi como de las causales para la perdida del mismo, aspectos que se encuentran contemplados en el Reglamento; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APRUEBESE el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias que consta de cinco (5) titulos, cuarenta y cuatro (44) articulos y una (1) Disposicion Final, que se detallan en el Anexo Nº 01 de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 130MDMM y cualquier otra disposicion administrativa que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose ademas la publicacion del Anexo Nº 01, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, www. munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano. gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 646424-2

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 351/MM Miraflores, 26 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asi tambien, segun el articulo 195, numeral 1, los gobiernos locales son competentes para aprobar su organizacion interna; Que, de igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP, a fin que las entidades del Sector Publico generen la aprobacion de un CAP que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la entidad y con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objeto de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos; Que, en ese contexto, el articulo 8 del Decreto Supremo resenado, indica que el CAP es un documento de gestion institucional que contiene los cargos clasificados de la entidad en base a la estructura organica vigente prevista en su Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF. De igual modo, para su elaboracion deberan seguirse los criterios y disposiciones detallados en el articulo 11 del dispositivo en mencion; Que, por otra parte, mediante Ordenanza Nº 347/MM, publicada con fecha 12 de MORDAZA de 2011, se aprueba la Nueva Estructura Organica, y el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de Miraflores; Que, al respecto, segun el articulo 16, literal a, del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, las entidades de la Administracion Publica deberan modificar el CAP cuando la entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos. En este caso, la entidad se encontrara obligada a aprobar un MORDAZA CAP en los terminos establecidos en los articulos 14 y 15 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; correspondiendo efectuar la aprobacion del CAP, para los gobiernos municipales, mediante Ordenanza; Que, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 14, numeral 14.3, del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se ha elaborado el informe previo requerido para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, por parte de la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica mediante el Informe Tecnico Nº 008-2011SGRYE-GP/MM, por ser el organo responsable de su elaboracion; el mismo que cuenta con la aprobacion de la Gerencia de Planificacion, a traves del Memorandum Nº 241-2011-GP-MM; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº 167-2011-GAJ/MM, concluye que el CAP propuesto debe ser aprobado por encontrarse conforme con la normatividad vigente aplicable; Que, segun el articulo 9, numeral 32 de la Ley Nº 27972, es atribucion del Concejo Municipal, aprobar el Cuadro de Asignacion de Personal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificacion, a traves de la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, y a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que a cada una corresponde segun sus competencias. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion de la misma asi como del Anexo que contiene, en el MORDAZA Institucional de la entidad (www.miraflores.gob.pe), y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

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