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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de mayo de 2011 443525 fi nalidad, misión, principios rectores, competencias y funciones específi cas de las unidades orgánicas; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en sus artículos 8º y 9º precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, así como la facultad del Gobierno Regional de crear, recaudar y administrar sus rentas de aduanas; Que, el artículo 4 de la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que la fi nalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que la Ley Nº 27867 en su artículo 10 inciso m) establece la facultad del Gobierno Regional a normar asuntos y materias de su responsabilidad, igualmente el artículo 72 establece en su último párrafo que el Gobierno Regional del Callao norma y administra sobre sus recursos, bienes y activos conforme a ley; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 3º señala como fi nalidad la de generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde a los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades especifi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento Jurídico; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad establece que la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es el órgano encargado de contribuir a un ordenado y sistemático proceso de gestión del Gobierno Regional, de diseñar y proponer modelos organizacionales a partir del análisis y adecuación sistemática de las funciones, estructura orgánica cargos del Gobierno Regional, y de formular y revisar directivas y/o documentos normativos propuestos por los órganos y unidades orgánicas del Gobiernos Regional en coordinación con las áreas involucradas, para precisar, orientar y/o mejorar la operatividad. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en función a los Informes Nos.414 y 422-2011-GRC/GRI-OVTCyT de la Ofi cina de Vialidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones, por medio del cual se adjunta Informe Técnico Sustentatorio para la modifi cación del ROF en atención a las observaciones realizadas y al marco normativo en materia de transportes y comunicaciones vigente, ha efectuado un análisis funcional, de estructura, de no duplicidad de funciones, de consistencia y de los efectos presupuestales que generaría la creación de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, resaltando que no se ocasionará incremento de presupuesto institucional, ni la creación de nuevas plazas, considerando que la implementación de la nueva unidad orgánica se realizará mediante el desplazamiento interno de personal, es decir los cargos con los que cuenta actualmente la Ofi cina de Viabilidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones, serían transferidos a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, fundamentos por los que concluye opinando que resulta procedente la creación de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. Que, en tal sentido la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante Memorándum Nº 1135-2011-GRC/ GRPPAT opina que resulta procedente la propuesta hecha por la Gerencia Regional de Infraestructura a solicitud de la Ofi cina de Viabilidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones, en el sentido de crear la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones como órgano de línea del Gobierno Regional del Callao. Para tal efecto propone modifi car la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional, según las propuestas que aparecen en los Anexos Nros. 01 y 02 que se adjuntan a dicho documento; Que, según Memorando Nº 466-2011-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 25 de mayo del 2011, opina que se encuentra ajustado a derecho la propuesta de la Ofi cina de Viabilidad, Transporte, Comunicaciones y Telecomunicaciones de creación de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones y las consiguientes modifi caciones del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica de la entidad, conforme a lo sugerido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en los Anexos Nos. 01 y 02 que forman parte del Memorando referido en el considerando anterior; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a) aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, según Dictamen Nº 017-2011-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional de fecha 25 de mayo del 2011, contando con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, recomienda al Consejo Regional la creación de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones como Órgano de Línea del Gobierno Regional del Callao; y, en consecuencia, se realicen las modifi caciones del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Entidad que ello implique; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Crease la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones como Órgano de Línea del Gobierno Regional del Callao. Artículo Segundo.- Modifíquese el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional del Callao, conforme a lo establecido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial según Anexos Nº 01 y 02, que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Encárguese a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Gobierno Regional del Callao la publicación de la presente Ordenanza Regional y de los Anexos Nros. 01 y 02 a que se refi ere el artículo anterior, en el portal institucional www. regioncallao.gob.pe así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe y el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 646701-1