Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2011 (26/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

453890

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de noviembre de 2011

Agricola", senala como objetivo de la Decision: "Establecer requisitos y procedimientos armonizados para el registro y control de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, orientar su uso y manejo correctos para prevenir y minimizar danos a la salud y el ambiente en las condiciones autorizadas, y facilitar su comercio en la Subregion"; Que, el articulo 49° de la Decision 436 establece que los ensayos de eficacia seran efectuados bajo protocolos establecidos y autorizados por la Autoridad Nacional Competente acordes con los protocolos de ensayo de eficacia de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, asi como para la supervision de los mismos; Que, el articulo 14º de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1059, en concordancia con lo dispuesto por el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000AG y modificatorias, establece que el SENASA es la autoridad competente en materia de registro y control de plaguicidas quimicos de uso agricola; Que, el articulo 31º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Subdireccion de Insumos Agricolas forma parte de la estructura organica tiene como objetivo establecer y conducir el sistema de registro y control de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y productos biologicos para el control de plagas agricolas, de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales en vigencia sobre la materia; Que, estando a ello, mediante Resolucion Directoral Nº 148-2009-AG-SENASA-DIAIA de fecha 17 de MORDAZA de 2009 se resolvio aprobar el Manual de Procedimientos para la evaluacion y supervision de ensayos de eficacia de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA (version 00), a fin de brindar un servicio acorde con las normas legales vigentes de manera transparente, eficaz y oportuna; Que, de la revision del contenido del Manual de Procedimientos aprobado en el ano 2009, se advierte que el procedimiento para la evaluacion y supervision de ensayos de eficacia de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA se iniciaba cuando el usuario hacia la entrega fisica de REG-SIA-01, adjuntando la boleta de pago respectiva, a traves de Mesa de Partes del SENASA; Que, posteriormente, mediante Resolucion Directoral Nº 011-2010-AG-SENASA-DIAIA de fecha 29 de enero de 2010, se creo el Sistema de Tramites de Plaguicidas en Linea ­ SIPTEL con la finalidad de establecer los medios, formas, condiciones y plazos para agilizar los tramites relacionados a los plaguicidas de uso MORDAZA, aprovechando lolos adelantos de la tecnologia en beneficio de los usuarios del sistema de registro de plaguicidas quimicos de uso agricola; Que, conforme consta en el articulo 2º del Anexo de la Resolucion Directoral Nº 011-2010-AG-SENASADIAIA, dicha Resolucion regula lo concerniente a la forma y condiciones en que los usuarios podran convertirse en usuarios del SIPTEL, a fin de poder realizar las siguientes operaciones: (...) 2. Solicitud de aprobacion y supervision de protocolos de ensayos de eficacia biologica; Que, mediante Memorandum Nº 5653-2011-AGSENASA-DIAIA-SIA de fecha 20 de octubre de 2011, la Subdireccion de Insumos Agricolas ha presentado la version 01 del Manual de Procedimientos para la evaluacion y supervision de ensayos de eficacia de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, senalando que habiendo cumplido los fines que perseguia la creacion del SIPTEL, esto es, que los usuarios conozcan el funcionamiento del sistema en linea, es necesario establecer que todos los protocolos de ensayos de eficacia MORDAZA presentados unicamente por el SIPTEL, lo cual permitira optimizar la atencion al usuario, a fin de emitir una decision con la mayor celeridad posible; De conformidad con la Decision 436 de la Comunidad MORDAZA, el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 0162000-AG y sus modificatorias, con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Subdireccion de Insumos Agricolas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar el Manual de Procedimientos para la evaluacion y supervision de protocolos de ensayos

de eficacia de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA (version 01), en el MORDAZA institucional del SENASA (www. senasa.gob.pe). Articulo 2º.- Disponer que, a partir del 01 de enero de 2012, las solicitudes de aprobacion de protocolos de ensayos de eficacia de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA MORDAZA tramitadas unicamente a traves del Sistema de Tramites de Plaguicidas en Linea. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 148-2009-AG-SENASA-DIAIA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 720962-1

Precisan entrada en vigencia del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidraulica y el establecimiento del valor de tarifas de los servicios prestados por los operadores
RESOLUCION JEFATURAL Nº 801-2011-ANA MORDAZA, 24 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural N° 5462010-ANA se dictaron lineamientos para determinar y aprobar transitoriamente los valores de las tarifas para el ano 2011, por los servicios de suministro de agua que prestan los operadores de infraestructura hidraulica; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 492-2011ANA se aprobo el Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidraulica, que regula la prestacion de los servicios de suministro de agua a cargo de los proyectos especiales y juntas de usuarios en calidad de operadores de infraestructura hidraulica; Que, la resolucion senalada en el considerando precedente, dispuso que para el 2012 el valor de las tarifas que prestan los operadores de infraestructura hidraulica se establecen de acuerdo a los lineamientos aprobados en la Resolucion Jefatural N° 546-2010-ANA, lineamientos que los operadores de infraestructura hidraulica han venido aplicando hasta la fecha; Que, en este contexto y atendiendo el pedido de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru, quienes solicitan postergar la aplicacion del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidraulica segun acta de reunion de fecha 28 de octubre de 2011; resulta necesario precisar que el precitado reglamento, entrara en vigencia a partir del 1 de enero de 2012; y, Con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos y de la Secretaria General, en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho por la Ley de Recursos Hidricos - Ley Nº 29338 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar, que el Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidraulica aprobado por Resolucion Jefatural Nº 492-2011-ANA entrara en vigencia a partir del 01 de enero de 2012; y que el valor de las tarifas para los servicios que prestan los operadores de infraestructura hidraulica, se establecera de acuerdo a los lineamientos que dispone la Resolucion Jefatural N° 5462010-ANA.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.