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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (26/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de noviembre de 2011 453902 mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, establece que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS, responsable de aprobar la política Institucional. Asimismo, que está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien es la más alta autoridad ejecutiva del SIS y la máxima autoridad de dirección, encontrándose facultado para delegar las funciones que no le sean privativas, según lo previsto en el Artículo 11º del mencionado Reglamento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 147-2011/SIS de fecha 10 de octubre de 2011, se delegó en el Jefe Adjunto del SIS diversas facultades; Que, en consideración a la actual coyuntura administrativa de la Institución, es conveniente dejar sin efecto la delegación efectuada mediante la precitada Resolución a partir del 01 de diciembre de 2011; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración de Recursos, y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 147-2011/SIS a partir del 01 de diciembre de 2011, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARA Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud 721467-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 071-024-0001118 Chiclayo, 22 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliar Coactivo y designar a un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingreso mediante concurso público; Que el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas Desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque, al funcionario que se indica a continuación: - Loyola Florián Carlos Eduardo Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque, al funcionario que se indica a continuación: - Araujo Horna Ibo Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY MANUEL DÍAZ SÁNCHEZ Intendente Intendencia Regional Lambayeque 720899-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de magistrados en la “Pasantía de Jueces de la República del Perú a la Rama Judicial de Puerto Rico” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 082-2011-P-CE-PJ Lima, 16 de noviembre de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 1100 y 1142-2011-ETI-PJ e Informe Nº 046-2011-ST-ETI-CPP, remitidos por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal del Poder Judicial; Ofi cios Nros. 1416 y 1475-2011-2011-P-CSJLL/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Ofi cio Nº 2086-2011-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y la carta cursada por la Directora Administrativa de los Tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. CONSIDERANDO: Primero: Que la Directora Administrativa de los Tribunales de Puerto Rico cursa invitación al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y a una delegación de jueces de ese Distrito Judicial, para que participen en la actividad denominada “Pasantía de Jueces de la República del Perú en la Rama Judicial de Puerto Rico”, la cual se realizará en la ciudad de San Juan del 28 de noviembre al 2 de diciembre del año en curso, con el propósito de conocer los avances en materia de reforma procesal penal en el mencionado Estado y confrontarlos con la realidad judicial nacional. Segundo: Que por el contenido de las actividades que se desarrollarán en la pasantía, éstas se encuentran en los supuestos de capacitación ofi cial en el extranjero establecidos