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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (08/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de octubre de 2011 451262 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Presidenta (e) del OSIPTEL a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-2011-PCM Lima, 7 de octubre de 2011 Vista, la Carta Nº 672-GG.GPP/2011, del Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Circular TSB-119-NGN-GSI/TK de fecha 20 de junio de 2011, la Ofi cina de Normalización de las Telecomunicaciones de la UIT, invitó a las Administraciones de los Estados Miembros de la UIT, a participar en el “Evento NGN-GSI”, el cual comprende las reuniones de los Grupos Relatores de las Comisiones de Estudio 11 y 13 del Sector de Normalización de las Telecomunicaciones, y se realizará del 10 al 21 de octubre de 2011, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, este evento concentra diversas reuniones cuya temática central son las redes NGN, las mismas que tienen la capacidad de brindar a los usuarios múltiples servicios de banda ancha, con calidad del servicio, entre otras funcionalidades, sobre la base de la convergencia; Que, la convergencia es fundamental para las redes NGN, por lo que la convergencia entre las redes y/o las tecnologías de telecomunicaciones requiere que se desarrollen estándares globales; Que, la Comisión de Estudio 11 analiza los requisitos y protocolos de señalización en las redes NGN y produce recomendaciones sobre el manejo de las llamadas telefónicas y transferencia de datos, mientras que la Comisión de Estudio 13 evalúa las redes NGN, comprendiendo los escenarios de implementación para servicios emergentes y las capacidades de dichas redes; Que, en estas reuniones se abordarán los aspectos tecnológicos orientados a la estandarización de las redes NGN y al desarrollo de las mismas en los países miembros de la UIT, y contarán con la participación de los representantes de los Estados Miembros y Miembros del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la UIT; Que, en ese sentido, resulta necesaria la participación del OSIPTEL, a través de la señora Martha Carolina Linares Barrantes, Presidente (e) del Consejo Directivo, a fi n de propiciar el intercambio de información y experiencias relativas al desarrollo de las redes NGN a nivel internacional; Que, las funciones del OSIPTEL se insertan dentro de los objetivos del Sector de Normalización de las Telecomunicaciones de la UIT, y coinciden con la agenda prioritaria de dicho organismo regulador, orientada a promover el desarrollo de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, los gastos por concepto de pasajes, el cual incluye la tarifa única por uso de aeropuerto, y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Martha Carolina Linares Barrantes, Presidente (e) del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 8 al 22 de octubre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,883.51 Viáticos (US$ 260,00 x 14 días) US$ 3,640.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 701254-1 AGRICULTURA Autorizan viaje de Viceministro de Agricultura a Italia para asistir al 37º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial de la FAO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0412-2011-AG Lima, 7 de octubre de 2011 VISTO: La Carta AE 21/7 (37º) de fecha 01 de septiembre de 2011 del Representante a.i de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO en el Perú, y la Carta C/X/ESA-728 de fecha 03 de agosto de 2011, del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, es un organismo especializado de las Naciones Unidas, que tiene como mandato alcanzar la seguridad alimentaria para todos, y asegurar que las personas tengan acceso regular a alimentos de buena calidad que les permitan llevar una vida activa y saludable. Asimismo, mejorar la nutrición, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial; Que, mediante la Carta del Visto el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, ha invitado al señor Ministro de Agricultura para participar del 37º periodo de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, a celebrarse del 17 al 22 de octubre de 2011, en la ciudad de Roma, Italia; Que, el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial ha servido de foro intergubernamental del sistema de las Naciones Unidas con objeto de examinar las políticas concernientes a la seguridad alimentaría mundial y adoptar medidas complementarias;