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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (08/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de octubre de 2011 451274 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 700797-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia de representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2011-MTC Lima, 7 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2011- MTC del 4 de mayo de 2011 se designó al señor Carlos Ramón Noda Yamada como miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Carlos Ramón Noda Yamada ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que es necesario formalizar la aceptación de su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos Ramón Noda Yamada, al cargo de representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 701254-2 Otorgan a Iberia, Líneas Aéreas de España Sociedad Anónima Operadora la renovación y modificación de permiso de operación de aviación comercial: servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 285-2011-MTC/12 Lima, 17 de agosto del 2011 Vista la solicitud de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA S.A., sobre Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 093-2007- MTC/12 del 08 de Mayo del 2007, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 101-2010-MTC/12 del 09 de abril del 2010 y Resolución Directoral Nº 282-2010-MTC/12 del 24 de setiembre del 2010 , se otorgó a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA S.A. la Renovación de su Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 29 de abril del 2011; Que, mediante Documento de Registro Nº 2011-005673 del 07 de febrero del 2011 y Documento de Registro Nº 2011-008643 del 24 de febrero del 2011, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A., solicita la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fi n de consignar como nuevo titular del permiso a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA, con motivo de la reorganización societaria a nivel internacional en el que se encuentra inmersa; Que, según los términos del Memorando Nº 688-2011- MTC/12.LEG, Memorando Nº 016-2011-MTC/12.POA, Memorando Nº 251-2011-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 184-2011-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 225-2011- MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, se ha presentado documentación sustentatoria en donde consta que la Autoridad Aeronáutica de España reconoce la efectividad de la reasignación a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA de las licencias, certifi cados, aprobaciones y autorizaciones aeronáuticas de las que IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA S.A.(IBERIA) era titular, especialmente la licencia de explotación y el certifi cado de operador aéreo, así como la transferencia de las designaciones, asignaciones y/o autorizaciones de frecuencias, rutas, códigos compartidos y derechos específi cos que IBERIA ostentaba; Que, la Dirección General de Aviación Civil de España ha designado a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA para efectuar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, según lo establecido en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA,