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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (12/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de octubre de 2011 451477 del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 702478-10 Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul Honorario de la República de Nicaragua en el Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 383-2011-RE Lima, 11 de octubre de 2011 Vista la Resolución Suprema Nº 298-2005-RE, de fecha 24 de noviembre de 2005, que reconoce al señor Jaime Cheneffusse Carrera, como Cónsul Honorario de la República de Nicaragua en el Callao, con jurisdicción en la localidad; Vista la Nota Nº 094-26/09/11, de fecha 26 de setiembre de 2011, de la Embajada de la República de Nicaragua, mediante la cual se informa el término de funciones por deceso del señor Jaime Cheneffusse Carrera, como Cónsul Honorario de Nicaragua en el Callao; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; en el artículo 25, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Jaime Cheneffusse Carrera, como Cónsul Honorario de la República de Nicaragua en el Callao, con jurisdicción en la localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 702478-11 SALUD Aceptan renuncia y designan Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2011-SA Lima, 11 de octubre del 2011 Vista la renuncia presentada por el Médico Cirujano César Augusto Cabezas Sánchez; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 011-2010/ MINSA, del 23 de abril de 2010, se designó al Médico Cirujano César Augusto Cabezas Sánchez, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud; Que, resulta necesario aceptar la renuncia presentada con el documento de visto y designar en su reemplazo al profesional propuesto; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano César Augusto Cabezas Sánchez, al cargo de Jefe, Nivel F-6, del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano PERCY LUIS MINAYA LEÓN, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-6, del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 702478-12 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a personas jurídica y naturales autorizaciones para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en los departamentos de Lima, Lambayeque, Piura, Puno y Pasco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 899-2011-MTC/03 Lima, 27 de setiembre de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2011-030103 presentado por la empresa SISTEMA DE COMUNICACIONES ANFE S.A.C., sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Oyón, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;