Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2011 (12/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2011

Que, la "Enmienda Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru-Ecuador", USAID Nº 598-0858, fue suscrita el 29 de setiembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru-Ecuador", USAID Nº 598-0858, suscrita el 29 de setiembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Ratifican el "Protocolo de Enmiendas de la Convencion relativa a la Organizacion Hidrografica Internacional"
DECRETO SUPREMO N° 115-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo de Enmiendas de la Convencion relativa a la Organizacion Hidrografica Internacional", fue adoptado el 14 de MORDAZA de 2005, en el Principado de Monaco; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Protocolo de Enmiendas de la Convencion relativa a la Organizacion Hidrografica Internacional", adoptado el 14 de MORDAZA de 2005, en el Principado de Monaco. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

702478-1

Ratifican la Enmienda Nro. Cinco al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y Peru USAID Nro. 527-0423
DECRETO SUPREMO N° 114-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Nro. Cinco al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru, USAID Nro. 527-0423, fue suscrita el 02 junio de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la Enmienda Nro. Cinco al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru, USAID Nro. 527-0423, suscrita el 02 junio de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de octubre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

702478-3

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Popular China
RESOLUCION SUPREMA Nº 382-2011-RE
MORDAZA, 11 de octubre de 2011 De conformidad con el inciso 12) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Popular China, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel. Articulo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha en que el citado funcionario diplomatico debera asumir funciones, sera fijada mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes

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