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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de octubre de 2011 451491 se inscribieron automáticamente los bonos denominados “Tercer Programa de Bonos Edegel - Segunda Emisión”, hasta por un monto máximo de US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y se dispuso el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, Edegel S.A.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de los valores señalados en el considerando anterior del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132, inciso a), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores su decisión de disponer el deslistado de los valores señalados precedentemente y de elevar los expedientes a esta institución para los fines correspondientes; Que, el artículo 37, inciso b), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece como causal para la exclusión de un valor la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Tercer Programa de Bonos Edegel - Segunda Emisión”, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra contemplada por el artículo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; por cuanto no fueron siquiera colocados; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29782, el artículo 5º de la Resolución de Superintendente Nº 001-2011-EF/94.01.1; el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, así como el artículo 36, inciso c), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes al “Tercer Programa de Bonos Edegel - Segunda Emisión”; de Edegel S.A.A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior, del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Edegel S.A.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Director de Emisores (e) 699457-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Segunda Sala de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 814-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 073585-2011, la doctora Rosario Donayre Mavila, Juez Superior integrante de la Segunda Sala de Familia de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, por el día 12 de octubre del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del magistrado que completará el Colegiado de la Segunda Sala de Familia de Lima, por el día de vacaciones de la doctora Donayre Mavila. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora CARMEN TORRES VALDIVIA Juez Titular del Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala de Familia de Lima, por el día 12 de octubre del presente año, por las vacaciones de la doctora Donayre Mavila, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala de Familia de Lima: Dra. Janet Tello Gilardi Presidente Dra. Nancy Coronel Aquino (T) Dra. Carmen Torres Valdivia (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MILAGROS ALVAREZ ECHARRI como Juez Supernumeraria del Décimo Quinto Juzgado de Familia de Lima, por el día 12 de octubre del presente año, por la promoción de la doctora Torres Valdivia.