Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2011 (12/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2011

concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 012-2007 de fecha 11 de MORDAZA de 2007, obrante en el expediente Nº 2000-2004, se resuelve aprobar conforme al Plano signado con el Nº 009-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitacion MORDAZA Nueva del terreno como lote unico de 11,000.00 m2 constituido por parte del lote 133-A de la parcelacion del Ex Fundo La MORDAZA, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 1831. Sin embargo, mediante Resolucion Nº 117-2007MML-GDU-SPHU del 09 de MORDAZA de 2007 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, resuelve No Ratificar dicha resolucion por incumplir los Planes Urbanos respecto a los aportes reglamentarios por cuantos estos no han sido dejados en terreno, tal como lo dispone la Ordenanza Nº 292MML, concordante con la Ordenanza Nº 836-MML, Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 098 de fecha 08 de junio de 2009, en la cual se resuelve aprobar conforme al Plano Nº 029-2009-SGPUC-GDU/ MDA la Habilitacion MORDAZA Nueva con Fines de Conjunto Residencial para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", como lote unico de 11,000.00 m2 constituido por parte del lote 133-A de la parcelacion del Ex Fundo La Estrella; teniendo como MORDAZA vigente para los aportes reglamentarios, la ordenanza Nº 292-MML, Que, mediante Resolucion Nº 117-2009-MML-GDUSPHU de fecha 24 de agosto de 2009, la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resuelve establecer la No Conformidad de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 098 de fecha 08 de junio de 2009 por cuanto no ha cumplido con la obligacion urbanistica de ceder en terreno dichos aportes reglamentarios, conforme lo establece los Articulos 1º, 3º y 4º de la Ordenanza Nº 292-MML, concordante con la Ordenanza Nº 836-MML, Que, mediante Expediente Nº 24195-2011, los administrados solicitan la Habilitacion MORDAZA Nueva de lote unico con fines de conjunto residencial, acogiendose a la Ley Nº 29090 ­ Ley de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su Reglamento y a todas las normas vigentes como la Ordenanza Nº 836-MML, que establece para estos casos la redencion en dinero de todos los aportes reglamentarios subsanando la observacion senalada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesion Nº 08-11-CTDHU/MDA de fecha 02/06/11 la Comision Tecnica dictamino Conforme el presente proyecto del terreno MORDAZA de area 11,000.00 m2 para el uso de Residencial de Densidad Media "RDM", ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 1831, constituido por parte del lote 133-A de la parcelacion del Ex Fundo La MORDAZA, distrito de Ate; estableciendose como deficit de aportes reglamentarios Recreacion Publica con 770.00 m2; Parques Zonales, Ministerio de Educacion y Otros Fines con 220.00 m2 cada uno; y Renovacion MORDAZA con 110.00 m2; siendo el aporte de Renovacion MORDAZA la cual esta pendiente de cancelacion, Que, mediante Valorizacion Nº 042-2004-SGPUC-GDU/ MDA se calculo el deficit del aporte de Recreacion Publica del area de 1,100.00 m2 correspondiente al 10% del terreno matriz y por Proyectos y Control de Obra ascendente a un valor total de S/. 35,904.00 y mediante Recibo Nº 0001363742 pagado en la Tesoreria de esta Corporacion Municipal acreditan la cancelacion de la mencionada valorizacion. Posteriormente los administrados se acogen a la Ordenanza Nº 836-MML que establece para Recreacion Publica 7% y Otros Fines 2% haciendo un total de 9%; por lo que al haberse pagado el 10% del terreno matriz correspondiente a los aportes reglamentarios de competencia de la municipalidad distrital, se acredita la cancelacion de los aportes de Recreacion Publica y Otros Fines, Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 13682006 de fecha 22 de diciembre de 2006, SERPAR-LIMA aprobo la Valorizacion del area de 220.00 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales ascendente a $11,000.00 dolares americanos, que ha sido cancelado mediante Recibo de Ingresos Nº 0052444 de fecha 11 de enero de 2007 en la Tesoreria de dicha entidad, Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 1868-2006ED de fecha 24 de noviembre de 2006, el Ministerio de Educacion aprobo la Valorizacion por 220.00 m2 correspondiente al deficit del aporte del Ministerio de Educacion ascendente a la suma de S/. 6,246.24 m2 la cual

fue cancelada en la tesoreria de dicha entidad mediante Factura Nº 001-002963 de fecha 27 de diciembre del 2006, acreditando la cancelacion del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante MORDAZA de Cancelacion de fecha 04 de MORDAZA del 2011 emitido por EMILIMA senala que la Asociacion Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los MORDAZA de los Ultimos Dias ­ ASPERSUD ha cumplido con cancelar el pago del deficit del aporte de Renovacion MORDAZA cuyo importe asciende a S/. 3,850.00 nuevos soles segun la Certificacion de Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos expedido por el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento de fecha 07/06/11 y que corresponde a un area de 110.00 m2, conforme lo acredita el Recibo de MORDAZA Nº 001090 de fecha 01/07/11, Que, mediante Informe N° 272-2011- MDA/GDU-SGHUEDEHE de fecha 07 de setiembre de 2011, emitido por el Area pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones informa que el presente tramite de Habilitacion MORDAZA Nueva es procedente; y que los administrados han cumplido con presentar la documentacion y cancelar los pagos estipulados por el MORDAZA vigente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 Del Capitulo II del Articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades 27972, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanza Nº 836MML, Ordenanza Nº 341-MML, por el Reglamento Nacional de Edificaciones y Ordenanzan Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 020-2011-SGHUE-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolucion, la Habilitacion MORDAZA Nueva con fines de Conjunto Residencial para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" del terreno con un area de 11,000.00 m2, constituido por parte del lote 133-A de la Parcelacion del ex Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la ASOCIACION PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS MORDAZA DE LOS ULTIMOS DIAS - ASPERSUD debidamente representado por el Sr. MORDAZA HERBERTH MORDAZA MORDAZA, para ejecutar en el plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir del inicio del tramite teniendo vigencia su licencia hasta el 25 de MORDAZA del 2014 bajo responsabilidad de la culminacion de las obras de Habilitacion MORDAZA, en el terreno de 11,000.00 m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO AREA BRUTA: AREA UTIL: AREA DE VIAS: 11,000.00 m2 11,000.00 m2 0.00 m2

CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El area afecta a aportes es igual al Area Bruta a 11,000.00 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonificacion "RDM" ­ Residencial de Densidad Media, son las siguientes:
ORDENANZA Nº 836-MML APORTES % Recreacion Publica Parques Zonales Renovacion MORDAZA Ministerio de Educacion Otros Fines 7 2 1 2 2 (m2) 304.45 86.98 43.49 86.98 86.98 PROYECTO DEFICIT (m2) (m2) -----------------------------------304.45 86.98 43.49 86.98 86.98

* El deficit de Aportes correspondiente a Recreacion Publica y Otros Fines fueron redimidos en dinero segun lo indicado en el setimo considerando de la presente resolucion. * El deficit de los aportes de Parques Zonales, Ministerio de Educacion y Renovacion MORDAZA fueron redimidos en dinero segun lo indicado en el octavo, noveno y decimo considerando, respectivamente.

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