Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2011 (25/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de octubre de 2011

Articulo Primero.- El auto de apertura de instruccion y todo acto procesal posterior, debe contener la precision exacta del delito instruido, precisando la modalidad delictiva. Articulo Segundo.- En el oficio de internamiento debera senalarse especificamente el delito imputando, precisando el articulo e inciso del Codigo Penal o MORDAZA Penal aplicable. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA y Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 707857-1

Disponen la ampliacion de la ejecucion de la Res. Adm. Nº 339-2011-P-CSJLI/ PJ, unicamente en relacion al 2º Juzgado Penal de MORDAZA Este - Chosica
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 850-2011-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 21 de octubre del 2011 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 339-2011-P-CSJLI/ PJ, el informe Nº 044-2011-LASA-ADP-CSJLI/PJ de fecha veintisiete de setiembre del presente ano y el Oficio Nº 787-2011-J-ODECMA-CSJLI/PJ de fecha diecinueve de octubre de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 3392011-P-CSJLI/PJ, publicada el nueve de MORDAZA ultimo, se dispuso que a partir del once de MORDAZA del presente ano, el 1º y 2º Juzgados Penales de MORDAZA Este, remitan al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho ­ Chosica, todos los expedientes penales en tramite ingresados hasta junio del ano 2009. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 387-2011-P-CSJLI/PJ, se establecio que la redistribucion dispuesta precedentemente, culminaba el treinta de junio del dos mil once; sin embargo, a fin de dar cabal cumplimiento al MORDAZA de descarga procesal, mediante Resolucion Administrativa Nº 534-2011-P-CSJLI/ PJ se dispuso la ampliacion de fecha de culminacion de la redistribucion hasta el catorce de MORDAZA del presente ano. Que, el Area de Desarrollo de la Presidencia encargada del seguimiento y monitoreo del MORDAZA de descarga procesal de los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios, elaboro el Informe Nº 77-2011-RDGA-ADPCSLI/PJ, en el que se indica que culminado el plazo de remision de expedientes de los Juzgados Penales de MORDAZA Este al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho ­ Chosica, este ultimo ha recepcionado 532 expedientes en tramite aproximadamente, cantidad menor a los 1,466 expedientes penales en giro que se proyecto en el Informe Nº 016-2011-LASA-ADP-CSJLI/PJ. Asimismo, se indico que el 2º Juzgado Penal de MORDAZA Este tenia expedientes del ano 2009 pendientes de remitir y que los mismos no podian ser redistribuidos por presentar problemas de falta de firmas en las actas de las diligencias del MORDAZA penal,

habiendose determinado en la reunion de magistrados de fecha 22 de agosto del ano en curso, que dichos expedientes ascenderian al numero de cuatrocientos. Que, en el Acta de Visita Judicial Extraordinaria efectuada al 2º Juzgado Penal de MORDAZA Este ­ Chosica por la Oficina de Control de la Magistratura con fecha trece de octubre ultimo, se concluye que efectivamente, existen 227 expedientes hasta junio del ano 2009, constatando que los mismos se encuentran expeditos para ser remitidos al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho ­ Chosica, habiendose superado las deficiencias que impidieron su redistribucion. Que, atendiendo a lo indicado y a fin de dar cumplimiento a los fines de descarga procesal, la Presidencia de la Corte de MORDAZA considera pertinente ampliar el plazo de ejecucion de la Resolucion Administrativa Nº 339-2011-PCSJLI/PJ, unicamente para el 2º Juzgado Penal de MORDAZA Este ­ Chosica. Que, la ampliacion de plazo a que se hace alusion precedentemente, se inicia a partir de la publicacion de la presente resolucion y culminara el dia veintiocho de octubre del presente ano, bajo responsabilidad de la Magistrada remitente. Asimismo, los expedientes judiciales que no MORDAZA remitidos en el plazo establecido, deberan continuar ser tramitados por el organo jurisdiccional permanente; incluyendo aquellos expedientes que retornan del Ministerio Publico o son devueltos por el Superior. Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por Articulo 90º inciso 3) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la ampliacion de la ejecucion de la Resolucion Administrativa Nº 339-2011-PCSJLI/PJ, unicamente en relacion al 2º Juzgado Penal de MORDAZA Este ­ Chosica. Articulo Segundo.- La ampliacion de la ejecucion se inicia en la fecha de publicacion de la presente resolucion y concluye indefectiblemente el veintiocho de octubre del presente ano. Articulo Tercero.- DISPONER que el Area de Desarrollo de la Presidencia de la Corte realice las gestiones pertinentes para la adecuacion del sistema que corresponda, a fin de asegurar la adecuada redistribucion de expedientes; sin perjuicio, de las demas coordinaciones que debera efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Area de Desarrollo de la Presidencia y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 707859-1

Establecen disposiciones referidas al mandato de detencion que ordena el internamiento, en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 851-2011-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 20 de octubre del 2011 VISTOS: El Oficio Nº 90-2011-3ºSPRC/JGJC/ctp cursado por la Presidenta de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos

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