Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2011 (25/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de octubre de 2011

Recepcion, prevista en la etapa de efectivizacion de la transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: "Normas para la Efectivizacion del MORDAZA de transferencia del ano 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales", aprobada mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable. Articulo 3º.- Publicacion La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 002-2011-PCM/SD-OTME, debera ser publicado en la pagina Web de la Secretaria de Descentralizacion: www.pcm.gob.pe/sd. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DAMMERT MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion 707438-1

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 548-2011-PCM/SD MORDAZA, 20 de octubre de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 005-2011-Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba/PNM; la Ordenanza Municipal Nº 04-2011MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba; la Ordenanza Municipal Nº 07-2011-MDL, de la Municipalidad Distrital de Leimebamba; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDM, de la Municipalidad Distrital de Montevideo; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011MDSFY, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Yeso; la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDMC, de la Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDLJ, de la Municipalidad Distrital de La Jalca; la Ordenanza Municipal Nº 0062011-MDST, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Tomas; y la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDL, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lopecancha; el Acta de Constitucion de fecha 24 de enero de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba; y el Informe Nº 040-2011­PCM/SD-OGI-NCHL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales

a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante la solicitud de Vistos, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Leimebamba, Presidente de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, solicita su inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Chuquibamba, Leimebamba, Montevideo, Mariscal MORDAZA y La Jalca, ubicadas en la provincia de Chachapoyas; y las municipalidades distritales de San MORDAZA de Yeso, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA de Lopecancha, ubicadas en la provincia de Luya, en el departamento de Amazonas; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos presentado por la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, reune el contenido minimo exigido por el Reglamento de Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba: a) Gestionar y ejecutar proyectos de alcance interdistrital; b) Procurar mejores niveles de eficacia en la gestion municipal para la prestacion de servicios publicos locales y/o servicios sociales locales; c) Gestionar recursos financieros para la ejecucion de proyectos de desarrollo economico, productivo, cultural y social; d) Implementar las normas de transparencia, rendicion de cuentas y acceso a la informacion; y e) Gestionar y ejecutar el proyecto de seguridad ciudadana. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades integrantes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en los distritos, tales vias, mercados, MORDAZA de irrigacion y obras similares, en coordinacion con la(s) municipalidad(es) provincial(es) respectiva(s); b) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de proyectos que favorezcan el desarrollo economico de los distritos que conforman la mancomunidad municipal; c) Gestionar y ejecutar programas de desarrollo de capacidades y competencias vinculadas a la gestion publica, innovacion y extension tecnologica agropecuaria, bienes y servicios turisticos y biocomercio; d) Facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion y vigilancia de los programas locales de desarrollo social; e) Proveer el servicio de limpieza publica determinando las areas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de los desperdicios; f) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion, el servicio de agua potable, alcantarillado y desague, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, cuando tecnica e institucionalmente esten en capacidad de hacerlo; g) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes; h) Fortalecer el MORDAZA solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevencion de desastres naturales y a la seguridad ciudadana; i) Gestionar recursos y ejecutar programas, actividades y proyectos para el manejo integral de la subcuenca del Alto Utcubamba; y j) Promover la realizacion de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creacion de mecanismos de comercializacion y consumo de productos propios de la region. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, contiene informacion sobre su domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la Mancomunidad Municipal Alto

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