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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de setiembre de 2011 450324 23. SARGENTO PRIMERO THOMAS TYLER 24. SARGENTO SEGUNDO TOVAR ARTURO 25. SARGENTO SEGUNDO BOWERS THOMAS 26. SARGENTO SEGUNDO BELL JEREMY 27. SARGENTO SEGUNDO FRANCIS MELISSA 28. SARGENTO CISNEROS-WHITE APRIL 29. SARGENTO NEGRON JORGE 30. SARGENTO BUSSE MATTHEW 31. SARGENTO BELCHER NOAH 32. SARGENTO FROEHLICH CRAIG 33. SARGENTO MALDONADO FRANSISCO 34. SARGENTO TORRESPLA MARYMER 35. SARGENTO SIERRA-MENDEZ JUAN 36. SARGENTO POLING MATTHEW 37. CAPITAN FELTIS TROY Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 693613-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 960-2011-DE/SG Lima, 20 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 631 de fecha 14 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de las relaciones bilaterales existentes entre Perú y Estados Unidos de América, personal militar de ese país, realizará actividades ofi ciales con autoridades militares de los Institutos Armados y el Ministerio de Defensa; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, cuyos nombres se indican a continuación, entre el 23 de setiembre al 6 de octubre de 2011, para realizar actividades ofi ciales con autoridades militares de los Institutos Armados y el Ministerio de Defensa: 1. GENERAL FRASER DOUGLAS M. 2. CORONEL SMITH SCOTT 3. C. DE F. KIEFABER JOHN 4. C. DE F. GARCIA DANNY 5. TECNICO JEFE CORDER MARK 6. SARGENTO ROCHA JORGE 7. SARGENTO BURTON ERIC 8. SARGENTO WATSON KIRK 9. SARGENTO DIXON JOHN 10. SARGENTO GRANADO BILLY Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 693613-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 961-2011-DE/SG Lima, 20 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 560 de fecha 19 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, personal militar de la República Federativa de Brasil, ingresará al país en misión de estudios, para la cual realizará una visita académica al Congreso de la República, de acuerdo a los convenios bilaterales y de amistad existentes; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de la República Federativa de Brasil, detallado a continuación, para realizar una visita académica al Congreso de la República, del 26 al 30 de setiembre de 2011: 1. Cel Av. Leopoldo José Lavers Hernández 2. Ten Cel. Patricia Barbara Cunha Vigo Colaco 3. Tel Cel. Arthur Vargas Neto 4. So Sad. Maria Elizete Bezerra de Oliveira Dalcin Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 693613-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 962-2011-DE/SG Lima, 20 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 601 de fecha 2 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa