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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (25/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de setiembre de 2011 450590 Prorrogan la “Campaña de Amnistía Tributaria 2011” DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2011-MDA Aucallama, 16 de Setiembre de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA VISTO: El informe N° 215-2011-JR/MDA de fecha 14 de Setiembre del 2011, a través del cual la Jefatura de Rentas propone se prorrogue la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA, que establece la “Campaña de Amnistía Tributaria 2011”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo IV del título preliminar del texto único Ordenado del Código Tributario — D.S. Nª 135- 99-EF y modificatorias establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro del ámbito de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; normando en su artículo 41° que; “excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones. Respecto de los impuestos que administre. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”. (Último párrafo del Artículo 41° sustituido por el Artículo 9° del Decreto Legislativo N° 981, publicado el 15 de marzo de 2007, vigente a partir del 1 de abril de 2007). Que, por medio de la Ordenanza Municipal N° 004- 2011-MDA de fecha 12 de Agosto, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de Agosto del 2011, se aprobó la “Campaña de Amnistía Tributaria 2011” estableciéndose su vigencia hasta el 16 de Setiembre del 2011. Que, con documento del exordio la Jefatura de Rentas comunica que, aún queda un importante grupo de administrados, que no se han beneficiado de los alcances establecidos en la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA que establece la “Campaña de Amnistía Tributaria 2011”; por lo que, señala que es necesario la promulgación del Decreto de Alcaldía que apruebe la prórroga de la citada Ordenanza. Que, cuenta con opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 236-2011-MDA-AL de fecha 15 de Setiembre del 2011. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de Octubre del 2011, el plazo establecido en el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA, que establece la “Campaña de Amnistía Tributaria 2011”. Artículo Segundo.- Encargar a la Jefatura de Rentas, Secretaria General, Imagen Institucional y a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto, el mismo que entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR E. BALCÁZAR LABRÍN Alcalde 694678-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL