NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de setiembre de 2011 450655 y/o marginal críticos para la mejora de los sistemas de producción. a.3.) Herramientas; a.4.) Equipos; a.5.) Maquinaria; a.6.) Vehículos para la mecanización; a.7.) Vehículos mayores para el acopio y/o distribución de la producción de la OPA; a.8.) Vehículos menores para la gestión de los PNT; a.9.) Infraestructura para dar valor agregado a la producción: almacenamiento, empaque, procesamiento; a.10.) Infraestructura y equipos para riego tecnifi cado. b) Los servicios conexos: El costo de los servicios especializados que estén vinculados a la(s) tecnología(s) que se está(n) adoptando: b.1.) Servicios para la producción y transformación/ procesamiento: capacitación y asistencia técnica para la producción y transformación/procesamiento, gestión de calidad, certifi caciones (producción orgánica, comercio justo, buenas prácticas agrícolas, buenas prácticas de manufactura, entre otras), etc.; y, b.2.) Servicios para la comercialización. c) Los gastos elegibles asociados a la provisión de servicios conexos a la tecnología son los siguientes: c.1.) Honorarios (servicios especializados temporales a nivel técnico y/o profesional como: asesorías, consultorías, proyectos, entre otros, directamente asociados a la adopción de la tecnología); y, c.2.) Viáticos (pasajes, movilidad, alojamiento, alimentación, etc.). 80.2. La duración de la provisión de los servicios especializados depende de los requerimientos de la OPA (puede tratarse de servicios puntuales de corto plazo o de servicios de mayor duración). 80.3. En el PNT la OPA sustentará el aporte de la tecnología a ser adoptada”. “Artículo 82.- Contenido de la solicitud 82.1. La ST es el documento mediante el cual la OPA puede solicitar los recursos para el cofi nanciamiento de los bienes y servicios que se requieren para la adopción de tecnologías. 82.2. La presentación de la ST no está condicionada a la presentación de la SG o SA, ya que la solicitud de cada incentivo es independiente una de otra. 82.3. La OPA debe demostrar un período mínimo de seis (6) meses de desarrollo conjunto de actividades de producción y/o comercialización, o en caso contrario debe demostrar el acompañamiento de una entidad auspiciadora durante la ejecución del PNT. 82.4 La OPA recién constituida que cuente con una entidad auspiciadora que la acompañe desde el inicio de sus actividades y cuyos requisitos estarán en el Instructivo para la Adopción de Tecnología, está habilitada para presentar la ST. 82.5. El PNT es el elemento central de la ST. Adicionalmente, deberán adjuntarse los documentos establecidos en el Instructivo para Acceder al Incentivo para la Adopción de Tecnología”. Artículo 2º.- El Manual de Operaciones modifi cado del Programa de Compensaciones para la Competitividad será publicado en los Portales Electrónicos Institucionales del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) y del Programa de Compensaciones para la Competitividad (www.agroideas.gob.pe). Regístrese y comuníquese. MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura 695911-1 Aceptan renuncia y designan Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 083-2011-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 27 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009-2009-AG-AGRO RURAL-DE, del 28 de enero del 2009, se designó, entre otros funcionarios, al Econ. Elmo Efraín Cáceres Rodríguez, como Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo, que se ha visto pertinente aceptar; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR con efectividad al 30 de setiembre de 2011, la renuncia presentada por el Econ. Elmo Efraín Cáceres Rodríguez, al cargo de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, con efectividad al 1º de octubre de 2011, al Econ. Armando Rufi no Bazán López, en el cargo de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese SAMUEL MORANTE BARDELLI Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 695999-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Directora Nacional de Turismo a El Salvador para participar en el “XIX Congreso Interamericano de Turismo: Turismo un desafío frente a la pobreza” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 289 -2011-MINCETUR/DM Lima, 26 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Organización de Estados Americanos – OEA y el Gobierno de El Salvador han organizado el “XIX Congreso Interamericano de Turismo: Turismo un desafío frente a la pobreza”, que se realizará en la ciudad de San Salvador, República del Salvador, los días 29 y 30 de setiembre de 2011;