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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464612 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Romano Ginocchio Balcázar, Ministro de Agricultura, a la ciudad de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, del 22 al 24 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,100.00 Viáticos US$ 400.00 Total US$ 2,500.00 Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura al señor René Cornejo Díaz, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 22 de abril de 2012 y mientras dure la ausencia del titular. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 779871-1 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2012-AG Lima, 20 de abril de 2012 VISTO: La Carta Nº 5-7-C/130 de fecha 12 de abril de 2012 de la Embajadora del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia; y, CONSIDERANDO: Que, el 26 de mayo de 1969, cinco países sudamericanos (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú) fi rmaron el acuerdo de Cartagena, con el propósito de mejorar, juntos el nivel de vida de sus habitantes mediante la integración y la cooperación económica y social; de esa manera, se puso en marcha el proceso andino de integración conocido, en ese entonces como Pacto Andino, Grupo Andino o Acuerdo de Cartagena; posteriormente el 13 de febrero de 1973, Venezuela se adhirió al Acuerdo, y el 30 de octubre de 1976, Chile se retiró de él; Que, en 1997, los presidentes decidieron, a través del Protocolo de Trujillo, introducir reformas en el Acuerdo de Cartagena para adaptarlo a los cambios en el escenario internacional. Esta reforma permitió que la conducción del proceso pase a manos de los Presidentes y que tanto el Consejo Presidencial Andino como el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores formen parte de la estructura institucional, creándose la Comunidad Andina en reemplazo del Pacto Andino; Que posteriormente, con fecha 8 de noviembre de 2011, y en el marco de la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, los Presidentes del estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma; de la República de Colombia, Juan Manuel Santos Calderón; de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado; y de la República del Perú Ollanta Humala Tasso, reunidos en la ciudad de Bogotá, D.C. acordaron, entre otros, reafi rmar la decisión de llevar a cabo la reingeniería del sistema andino de integración, con el fi n de adecuar la Comunidad andina a los retos del actual contexto internacional, y realizar anualmente una reunión del Consejo Presidencial Andino para dar seguimiento al proceso andino de integración; Que, en ese sentido y con el objeto de incluir al Sector Agrario en la agenda de la reunión anual del Consejo Presidencial Andino, se ha visto por conveniente coordinar directamente con los países miembros de esta iniciativa; Que, con este objeto y de acuerdo con el documento del visto, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, Luis Romano Ginocchio Balcázar, realizará una visita ofi cial al Estado Plurinacional de Bolivia, el día 23 de abril de 2012, en el cual sostendrá una reunión con la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras de Bolivia; Que, dentro de este contexto, resulta necesario la asistencia a la ciudad de La Paz - Estado Plurinacional de Bolivia, del Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Agricultura, Ingeniero Julio César Paz López, y del Director General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, abogado Walter Enrique Zegarra Figueroa, con la fi nalidad de prestarle asistencia técnica y legal al señor Ministro de Agricultura en el desarrollo de la citada reunión; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Pliego 013: Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Julio César Paz López, Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Agricultura, y Walter Enrique Zegarra Figueroa, Director General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, a la ciudad de La Paz, del Estado Plurinacional de Bolivia, del 22 al 24 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: JULIO CÉSAR PAZ LÓPEZ Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,100.00 Viáticos US$ 400.00 Total US$ 2,500.00 WALTER ENRIQUE ZEGARRA FIGUEROA Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,100.00 Viáticos US$ 400.00 Total US$ 2,500.00