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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464626 Visto, el Expediente Nº 12-031332-001, que contiene el Ofi cio Nº 303-2012-DG/INSM “HD-HN”, remitido por el Director General del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 322-2011/MINSA de fecha 25 de abril de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud, en el cual, el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del mencionado Instituto Nacional de Salud Mental, se encuentra califi cado como cargo de confi anza; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 487-2011/ MINSA de fecha 27 de junio de 2011, se designó a la Médico Cirujano Luz María Loo Palomino de Li, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento del visto, el Director General del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”, comunica la renuncia formulada por la mencionada profesional y solicita designar al Médico Cirujano Cirilo Alejandro Rojas Ochoa, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; Que, con Nota Informativa Nº 221-2012-OIE-OGGRH/ MINSA de fecha 13 de abril de 2012, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable, respecto de la solicitud formulada por el Director General del precitado Instituto Nacional de Salud Mental; Que, en virtud de lo señalado precedentemente, es pertinente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Médico Cirujano LUZ MARÍA LOO PALOMINO DE LI, al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F – 4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano CIRILO ALEJANDRO ROJAS OCHOA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F – 4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 779046-8 Autorizan inicio de actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL en el Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2012/MINSA Lima, 20 de abril del 2012 VISTO: el Expediente N° 12-036782-001 que contiene el Informe N° 001-2012-CST/MINSA-SIS y el Ofi cio N° 366-2012-SIS/J del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, tiene por objeto establecer los principios y el fi nanciamiento para la atención de las personas afi liadas a los regímenes subsidiado y semicontributivo del aseguramiento universal en salud, garantizando la sostenibilidad e implementación progresiva del aseguramiento universal en salud; así como defi nir las reglas orientadas a fortalecer las acciones en salud, incluidas las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, a través de la determinación de los mecanismos de fi nanciamiento; Que, el artículo 10° de la citada Ley crea la Unidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) sobre la base del fondo creado por la Ley N° 27656, Ley de creación del Fondo Intangible Solidario de Salud, con el fi n de fi nanciar la atención de las enfermedades de alto costo de atención, así como la atención de salud de las personas con enfermedades raras o huérfanas, establecidas en la Ley N° 29698; Ley que Declara de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huérfanas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, señala que el Ministerio de Salud conformará una Comisión conjuntamente con el Seguro Integral de Salud (SIS) con el objeto de realizar la transferencia del acervo documentario y otros a favor del SIS para el inicio de las actividades del FISSAL en el SIS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 584-2011/MINSA modifi cada por Resolución Ministerial N° 774-2011/MINSA se creó la Comisión Sectorial encargada de realizar el proceso de transferencia del acervo documental y otros a favor del Seguro Integral de Salud para el inicio de las actividades, para cuyo efecto, se designaron a dos representantes quienes de acuerdo a las competencias previstas en las mencionadas Resoluciones elaboraron el Informe N° 001-2012-CST/ MINSA-SIS en el cual manifi estan que las transferencias del FISSAL al SIS se han efectuado teniendo en cuenta la normativa vigente sobre la materia; Que, asimismo, conforme lo establece la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud mediante Resolución del Titular del Ministerio de Salud, se dan por iniciadas las acciones del FISSAL en el SIS; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que autorice el inicio de las actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL en el Seguro Integral de Salud; Estando a lo propuesto por el Seguro Integral de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con la Ley N° 29761 y el literal l) del artículo 8° de la Ley 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el inicio de actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL en el Seguro Integral de Salud con el fi n de fi nanciar las enfermedades de alto costo de atención y las enfermedades raras o huérfanas, establecidas en la Ley 29698, Ley que Declara de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huérfanas. Artículo 2°.- El FISSAL realizará las acciones correspondientes en el marco de las transferencias efectuadas cumpliendo los procedimientos previstos en la normativa vigente sobre la materia. Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el portal de internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 779816-1