Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2012 (21/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

Visto, el Expediente Nº 12-031332-001, que contiene el Oficio Nº 303-2012-DG/INSM "HD-HN", remitido por el Director General del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 322-2011/MINSA de fecha 25 de MORDAZA de 2011, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud, en el cual, el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del mencionado Instituto Nacional de Salud Mental, se encuentra calificado como cargo de confianza; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 487-2011/ MINSA de fecha 27 de junio de 2011, se designo a la Medico Cirujano Luz MORDAZA Loo MORDAZA de Li, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento del visto, el Director General del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi", comunica la renuncia formulada por la mencionada profesional y solicita designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud; Que, con Nota Informativa Nº 221-2012-OIE-OGGRH/ MINSA de fecha 13 de MORDAZA de 2012, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitio opinion favorable, respecto de la solicitud formulada por el Director General del precitado Instituto Nacional de Salud Mental; Que, en virtud de lo senalado precedentemente, es pertinente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la MORDAZA Administrativa y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Medico Cirujano LUZ MORDAZA LOO MORDAZA DE LI, al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F ­ 4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F ­ 4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio MORDAZA ­ Hideyo Noguchi" del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

VISTO: el Expediente N° 12-036782-001 que contiene el Informe N° 001-2012-CST/MINSA-SIS y el Oficio N° 366-2012-SIS/J del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, tiene por objeto establecer los principios y el financiamiento para la atencion de las personas afiliadas a los regimenes subsidiado y semicontributivo del aseguramiento universal en salud, garantizando la sostenibilidad e implementacion progresiva del aseguramiento universal en salud; asi como definir las reglas orientadas a fortalecer las acciones en salud, incluidas las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) publicas, a traves de la determinacion de los mecanismos de financiamiento; Que, el articulo 10° de la citada Ley crea la Unidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) sobre la base del fondo creado por la Ley N° 27656, Ley de creacion del Fondo Intangible Solidario de Salud, con el fin de financiar la atencion de las enfermedades de alto costo de atencion, asi como la atencion de salud de las personas con enfermedades raras o huerfanas, establecidas en la Ley N° 29698; Ley que Declara de Interes Nacional y Preferente Atencion el Tratamiento de Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huerfanas; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley, senala que el Ministerio de Salud conformara una Comision conjuntamente con el Seguro Integral de Salud (SIS) con el objeto de realizar la transferencia del acervo documentario y otros a favor del SIS para el inicio de las actividades del FISSAL en el SIS; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 584-2011/MINSA modificada por Resolucion Ministerial N° 774-2011/MINSA se creo la Comision Sectorial encargada de realizar el MORDAZA de transferencia del acervo documental y otros a favor del Seguro Integral de Salud para el inicio de las actividades, para cuyo efecto, se designaron a dos representantes quienes de acuerdo a las competencias previstas en las mencionadas Resoluciones elaboraron el Informe N° 001-2012-CST/ MINSA-SIS en el cual manifiestan que las transferencias del FISSAL al SIS se han efectuado teniendo en cuenta la normativa vigente sobre la materia; Que, asimismo, conforme lo establece la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud mediante Resolucion del Titular del Ministerio de Salud, se dan por iniciadas las acciones del FISSAL en el SIS; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que autorice el inicio de las actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL en el Seguro Integral de Salud; Estando a lo propuesto por el Seguro Integral de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con la Ley N° 29761 y el literal l) del articulo 8° de la Ley 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el inicio de actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL en el Seguro Integral de Salud con el fin de financiar las enfermedades de alto costo de atencion y las enfermedades raras o huerfanas, establecidas en la Ley 29698, Ley que Declara de Interes Nacional y Preferente Atencion el Tratamiento de Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huerfanas. Articulo 2°.- El FISSAL realizara las acciones correspondientes en el MORDAZA de las transferencias efectuadas cumpliendo los procedimientos previstos en la normativa vigente sobre la materia. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA de internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

779046-8

Autorizan inicio de actividades del Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL en el Seguro Integral de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 319-2012/MINSA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2012

779816-1

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