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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (21/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464616 Visto, el Ofi cio V.1000-483 del Director de Hidrografía y Navegación, de fecha 5 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental (COI), es un organismo descentralizado de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), conformado por CIENTO TREINTA Y SEIS (136) países, constituye una entidad de carácter técnico-científi co, encargada de llevar a cabo diversos estudios e investigaciones científi cas de los océanos, a fi n de conocer mejor su naturaleza y recursos, para cuyo efecto prepara programas de asistencia a favor de los Estados miembros, en material de ciencias del mar y tecnología marina; Que, anualmente la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, representa al Perú ante la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental (COI), la cual tiene entre sus funciones y programas, la preservación de la vida, el uso del océano en benefi cio de la humanidad y la protección del medio ambiente oceánico, para lo cual desarrolla pronósticos meteorológicos, estudio del clima y desarrollo sostenible del medio marino; Que, la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental (COI) está integrada por una Asamblea, un Consejo Ejecutivo, una Secretaría y los órganos subordinados. La Asamblea es el órgano principal y está integrada por todos los Estados miembros de la Comisión; Que, el Perú fue reelegido Miembro del Consejo Ejecutivo durante la 24ª Reunión de la Asamblea de la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental en el año 2007; Que, es conveniente para los intereses nacionales, continuar con la participación de la Marina de Guerra del Perú ante el Consejo Ejecutivo de la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental (COI), durante el año 2012; Que, de conformidad con lo establecido en el Inciso 6. del Artículo 6° de la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Estando a lo recomendado por el Director de Hidrografía y Navegación, a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE; Artículo 1º.- Nombrar como Representantes Titular y Alterno del Perú ante el Consejo Ejecutivo de la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental (COI), para el período 2012, a los Ofi ciales Superiores siguientes: - Capitán de Navío Rodolfo SABLICH Luna Victoria (Titular) - Capitán de Fragata Atilio Arturo ASTE Evans (Alterno) Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 779871-3 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2012-DE/SG Lima, 20 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 271 de fecha 03 de abril de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, a fi n de realizar coordinaciones con las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, personal Militar de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, ingresará al país del 22 de abril al 15 de octubre del 2012; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio y de conformidad con Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar que se detalla a continuación, del 22 de abril al 15 de octubre de 2012, a fi n de realizar coordinaciones con las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú. 1.- ALMIRANTE THOMAS LEE BROWN II 2.- MAYOR PATRICK MICHAEL FLOOD 3.- CAPITAN RICHARD WILLIAM SEXTON 4.- OFICIAL TECNICO DONALD LEE KURTZ 5.- SARGENTO THOMAS EARL DAILEY WALL 6.- SARGENTO JAMES HECTOR CERVANTES Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 779300-1 EDUCACION Aprueban Directiva “Procedimiento para la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Sector Educación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0153-2012-ED Lima, 19 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, tiene como fi nalidad regular la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar puestos en entidades públicas del Poder Ejecutivo;