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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2012 471879 del artículo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General (e), de la Gerente de Administración y Finanzas (e), de la Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el encargo del Señor Lázaro Rodolfo Zare Reyes, en el cargo de Confi anza Gerente Zonal de Trujillo, categoría D2, efectuada Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064- 2012-02.00 del 11 de abril de 2012, a partir del 23 de julio de 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 822046-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 119-2012-02.00 Lima, 20 de julio del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147- se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes; Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente Zonal de Trujillo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, cargo considerado de confi anza, Categoría D-2, y; Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Gerente Zonal de Trujillo en el cargo de confi anza del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Que, la Ley Nº 27594 –Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3º que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de tal Ley se, efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratifi car o remover al personal de confi anza que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29º establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1037-05 adoptado en la Sesión Nº 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delegó en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29º del Estatuto antes acotado, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y los literales c), y j) del artículo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General (e), de la Gerente de Administración y Finanzas (e), de la Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir del 23 de julio de 2012, al Arquitecto Marcos Alberto Angulo Cisneros, en el cargo de confi anza de Gerente Zonal de Trujillo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, Categoría D-2. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 822046-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados, así como montos recaudados por Derecho de Vigencia de pagos efectuados por la formulación de petitorios, correspondientes al mes de junio de 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 115-2012-INGEMMET/PCD Lima, 30 de julio de 2012 Visto; el Informe Nº 014-2012-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 26 de julio del 2012, respecto a la distribución de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al amparo del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de junio del año 2012 por la formulación de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 20 de diciembre del 2007, se modifi có el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM, precisando los porcentajes para la distribución de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas; Que, el artículo 3º de la citada norma dispone que los Gobiernos Regionales recibirán los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por