Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2012 (03/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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del articulo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos Nº 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), de la Gerente de Administracion y Finanzas (e), de la Gerente de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el encargo del Senor MORDAZA MORDAZA Zare MORDAZA, en el cargo de Confianza Gerente Zonal de MORDAZA, categoria D2, efectuada Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0642012-02.00 del 11 de MORDAZA de 2012, a partir del 23 de MORDAZA de 2012, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENCICO 822046-1 RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 119-2012-02.00 MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147- se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente Zonal de MORDAZA del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, cargo considerado de confianza, Categoria D-2, y; Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Gerente Zonal de MORDAZA en el cargo de confianza del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO; Que, la Ley Nº 27594 ­Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3º que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1º de tal Ley se, efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29º establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1037-05 adoptado en la Sesion Nº 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delego en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29º del Estatuto MORDAZA acotado,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO y los literales c), y j) del articulo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos Nº 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), de la Gerente de Administracion y Finanzas (e), de la Gerente de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 23 de MORDAZA de 2012, al Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Gerente Zonal de MORDAZA del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, Categoria D-2. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENCICO 822046-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados, asi como montos recaudados por Derecho de Vigencia de pagos efectuados por la formulacion de petitorios, correspondientes al mes de junio de 2012
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 115-2012-INGEMMET/PCD MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2012 Visto; el Informe Nº 014-2012-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 26 de MORDAZA del 2012, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de junio del ano 2012 por la formulacion de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por

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