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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2012 471872 del Portal de Transparencia del Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 822099-2 Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al Sindicato de Artistas, Empleados y Técnicos Circences del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 293-2012-MC Lima, 1 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones “conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país”; Que, el artículo 11° de la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como patrimonio cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, aprobada por la Resolución Ministerial N° 080-2011- MC y modificada por Resolución Ministerial N° 103- 2011-MC, establece que “el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el campo de la investigación, transmisión, conservación, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como la creación académica, intelectual y en el campo de la creación e interpretación artística diversa (…)”; Que, el Sindicato de Artistas, Empleados y Técnicos Circenses del Perú desde su creación el 26 de abril de 1962, ha acogido al gremio peruano del circo, realizando una reconocida labor de protección, difusión y promoción de la tradición de circo, luchando a lo largo del tiempo por lograr condiciones favorables para el desarrollo del circo en el Perú; Que, mediante el Memorando N° 167-2012-DGIA- VMPCIC/MC, de fecha 31 de julio de 2012, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes recomienda que se otorgue al Sindicato de Artistas, Empleados y Técnicos Circenses del Perú la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”; Estando a lo visado por el Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-MC, y la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por la Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y modifi cada por la Resolución Ministerial N° 103-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al Sindicato de Artistas, Empleados y Técnicos Circenses del Perú la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir una copia de la presente resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a su inscripción en el registro respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 822663-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Encargan funciones de directora ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2012-MIDIS Lima, 1 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012- MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 (tres) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma estará a cargo de un(a) director(a) ejecutivo(a) designado(a) mediante resolución ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, encontrándose vacante el cargo de director(a) ejecutivo(a) del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta necesario encargar las funciones de dicho cargo hasta la designación de su titular, y; De conformidad con las atribuciones y disposiciones previstas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar a la señorita Flor de Esperanza Blanco Hauchecorne las funciones de directora ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 822544-1