Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2012 (17/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2012

traumatica por explosivo de pierna derecha, amputacion supra condilea de femur derecho y lesion de ligamento MORDAZA anterior de rodilla izquierda; producto de artefactos explosivos en ataque terrorista en el MORDAZA del Rio MORDAZA Ene (VRAE), por lo que la Junta Medica Intersanidades de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, recomendo la evacuacion al NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - NRH, para continuar el tratamiento especializado de alta tecnologia; Que, el Sub Oficial 3ra EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, presenta el diagnostico: amputacion traumatica por explosivo del MORDAZA proximal de tibia izquierda, fractura expuesta de tibia izquierda con fijadores externos, amputacion B dedo - menique mejorado, y fractura F2 dedo indice MORDAZA - mejorado. Producto de artefactos explosivos en ataque terrorista en el MORDAZA del Rio MORDAZA Ene (VRAE), por lo que la Junta Medica Intersanidades de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru recomendo la evacuacion al NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - NRH, para continuar el tratamiento especializado de alta tecnologia; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto Institucional Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, considerando la duracion del tratamiento medico, el viaje al exterior por decision de los interesados se realizara en compania de sus respectivas esposas; el Sub Oficial 3ra EP Yasser MORDAZA MORDAZA MORDAZA acompanado por su Senora Esposa Magalis MORDAZA ALVAN, identificada con DNI Nº 44952223, su menor Hijo MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con DNI Nº 62996054, y el Sub Oficial 3ra EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, acompanado por su Senora Esposa MORDAZA Sunilda MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 43383759; debiendo precisarse esta circunstancia en la presente resolucion, para efectos de los tramites administrativos de salida del MORDAZA de sus familiares directos, siendo de cuenta de los citados Sub Oficiales los gastos que correspondan para dicho viaje, sin costo alguno para el Tesoro Publico por dicho concepto; Que, el articulo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, dispone que el Personal Militar del Sector Defensa en situacion de actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en centros de salud altamente especializados, sujetos a la disponibilidad presupuestal, se requerira previamente un peritaje medico asi como el informe de la Junta Sanidad de la Institucion respectiva; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, senala que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector una disposicion que precise, en los casos que corresponda que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 0012011 - DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado, del Sub Oficial 3ra EP Yasser MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 44234623 y CIP N° 331013200 y del Sub Oficial 3ra EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, identificado con DNI N° 44202669 y CIP N° 331159700, a fin de ser evacuados al NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - NRH, de MORDAZA DC - Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de ciento veinte (120) dias en el periodo comprendido entre el 17 de agosto al 14 de diciembre de 2012. Articulo 2º.- Autorizar el viaje en comision de servicios como medico especialista tratante al General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 19181570 y CIP N° 113183400, por un periodo de cuatro (04) dias comprendido del 17 al 20 de agosto de 2012, y al Tecnico Jefe Superior EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA BRIONES, identificado con DNI N° 08149911 y CIP N° 307468400, como enfermero acompanante de los Sub Oficiales mencionados en el Articulo 1°, por un periodo de ciento veinte (120) dias, comprendido entre el 17 de agosto al 14 de diciembre de 2012, al NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL - NRH de MORDAZA DC - Estados Unidos de America. Articulo 3º.- El Ministerio de defensa - Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aereo: MORDAZA - MORDAZA DC - Lima: US $ 2800.00 x 04 Personas Viaticos Medico Tratante US $.220 x 04 dias x 01 Persona US$. 11,200.00

US$.

880.00

Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero: US $. 2,220.00/31 x 15 x 03 personas (Del 17 Ago. al 31 Ago.) US$. 3,222.58 US $. 2,220.00 x 03 meses x 03 personas (Set. a Nov. 2012) US$. 19,980.00 US $. 2,220.00/31 x 14 x 03 personas (Del 01 Dic. al 14 Dic.) US$. 3,000.73 Gastos de Hospitalizacion Tratamiento Medico Farmaceuticos y Otros Tratamiento Medico US$. 20,480.00 Protesis Ortopedica x dos (02) Pacientes US$. 126,358.00 Otros (Movilidad, Gastos Imprevistos) US$. 5,000.00 TOTAL: US$. 190,128.31

Articulo 4º.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 6º.- El personal comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asi mismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme al indicado en el Articulo 6º, del Decreto Supremo N° 0472002-PCM. Articulo 7º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 829348-2

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