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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (17/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2012 472893 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Directiva “Lineamientos Técnicos para el Empadronamiento Complementario orientados a la construcción del Padrón General de Hogares en el marco del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2012-MIDIS Lima, 16 de agosto de 2012 VISTOS: El Informe N° 013-2012-MIDIS-VMPES/DGGU, de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y el Informe N° 189-2012-MIDIS/SG-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 9 de la citada Ley N° 29792, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el diseño y gestión de los registros y bases de datos de los programas sociales, de identifi cación, selección y registro de usuarios; Que, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la focalización es el conjunto de reglas e instrumentos que permiten identifi car a personas o grupos poblacionales en situaciones de pobreza, vulnerabilidad o exclusión, como potenciales usuarios de los programas sociales; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2012, se dispuso la transferencia del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, comprendiendo la base de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares), así como como los aplicativos informáticos desarrollados; Que, en la línea de lo expuesto, con Informe N° 013- 2012-MIDIS-VMPES/DGGU, la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, ha formulado los “Lineamientos Técnicos para el Empadronamiento Complementario orientados a la construcción del Padrón General de Hogares en el marco del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, los cuales tienen por objeto establecer, de acuerdo con las políticas de desarrollo e inclusión social, los criterios técnicos para realizar el empadronamiento de todos los hogares de los departamentos seleccionados, y la metodología necesaria para la recopilación de información a través de la aplicación de la Ficha Socioeconómica Única (FSU), lo que permitirá fortalecer la gestión de la información, dirigida a la adecuada identifi cación de los usuarios de los programas sociales; Que, en dicho contexto, el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social remite para aprobación los citados lineamientos, dirigidos a optimizar la gestión de los sistemas de focalización e identifi cación de los hogares que requieren protección del Estado, contribuyendo a mejorar la equidad y efi ciencia de la política social; Que, por lo expuesto, y en el marco de las competencias asignadas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta necesario aprobar los lineamientos mencionados en los considerandos precedentes, estableciendo, de este modo, los lineamientos y criterios técnicos para el empadronamiento complementario de hogares, en el marco de la implementación del Padrón General de Hogares, que compone el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH); Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Usuarios, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica de Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 005-2012-MIDIS, “Lineamientos Técnicos para el Empadronamiento Complementario orientados a la construcción del Padrón General de Hogares en el marco del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob. pe), de la directiva aprobada conforme al artículo precedente, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 828892-1 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Reserva Fría de Generación - Planta Pucallpa” y en el Contrato de Concesión del Proyecto “Reserva Fría de Generación - Planta Puerto Maldonado” DECRETO SUPREMO Nº 153-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 07 de agosto de 2009, se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Reserva Fría de Generación”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Asimismo, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión del 30 de diciembre de 2009, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto: “Reserva Fría de Generación”. El acuerdo fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 08 de enero de 2010; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 18 de febrero de 2011, se aprobó la tercera modifi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión al Proyecto “Reserva Fría de Generación”, a las siguientes localidades: a) Iquitos, b) Pucallpa y c) Puerto Maldonado. El acuerdo fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 23 de febrero de 2011;