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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2012 472898 de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 002-2004-IN, modifi cado por Decreto Supremo N° 004-2006-IN, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, el cual tiene como objetivo articular ejecutivamente los diversos esfuerzos que realizan las entidades públicas y privadas para prevenir y combatir este estigma social; Que, el artículo 1° del citado Decreto Supremo, dispone que el referido Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo, que podrá contar con un representante o miembro suplente, que será designado por Resolución Ministerial; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial N° 052-2010-TR de fecha 22 de febrero del 2010, se designó a la abogada Ana Rosa Velásquez Palomino, Directora (e) de la Dirección de Prevención y Solución de Confl ictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima-Callao y al abogado Juan Mariano Navarro Pando, Director (e) de la Dirección Regional de Protección al Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima-Callao, como representantes titular y suplente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas; Que, en atención al documento de Visto y por convenir al servicio, se deja sin efecto las designaciones efectuadas, por lo que resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que designe a los nuevos representantes del Sector, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas; Con la visación del Viceministro de Trabajo y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada Ana Rosa Velásquez Palomino, Directora (e) de la Dirección de Prevención y Solución de Confl ictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima-Callao y al abogado Juan Mariano Navarro Pando, Director (e) de la Dirección Regional de Protección al Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima-Callao, como representantes titular y suplente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, constituida por Resolución Ministerial N° 052-2010-TR de fecha 22 de febrero del 2010, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- DESIGNAR al Director (a) General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y al Director (a) de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; como representantes titular y suplente, respectivamente, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 829334-1 Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2012-TR Lima, 16 de agosto de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 318 y 366-212-MTPE/3/24.3 del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú”; el Ofi cio Nº 600-2012-MTPE/4/9 del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 234-2012-MTPE/4/9.3 de la Jefa de la Ofi cina de Organización y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 23º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a que pertenecen; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el ente rector en materia de trabajo y promoción del empleo, que ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio a nivel nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusión de normatividad, información laboral e información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certifi cación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 016-2011-TR se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que tiene por fi nalidad brindar los servicios de capacitación laboral mediante la especialización de los trabajadores y las trabajadoras, asistencia técnica para emprendedores en base a ideas de negocio técnicamente viables, con el fi n de coadyuvar la generación de empleo formal; e intermediación laboral entre los participantes y las empresas que requieren personal; y constituye una actividad que forma parte de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-TR se modifi ca el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 016- 2011-TR, estableciéndose que el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “VAMOS PERU” cuenta con un Coordinador Ejecutivo, quien ejerce entre otras funciones, la de proponer al Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral el Manual de Operaciones del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública”, estableciéndose en el artículo 4º que la defi nición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones de acuerdo con lo previsto en la presente norma; asimismo, precisa en el artículo 36º, que los proyectos, programas y comisiones contarán con un manual de operaciones en el que se consignará por lo menos la organización, funciones y responsabilidades del Programa, los procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución