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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de enero de 2012 458430 Dan por terminada designación y encargan funciones de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 548-2011-MEM/DM Lima, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 363-2011- MEM/DM del 08 de agosto de 2011, se designó al señor Erick Portuguez Echegaray, en el cargo de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, se ha considerado por conveniente dar por terminada la mencionada designación; Que, por convenir al servicio, y con la fi nalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario proceder a encargar el despacho del Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas en tanto se designa al titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Decreto Legislativo Nº 1057 y sus normas reglamentarias y la Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos - Ley N° 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminada la designación del señor Erick Portuguez Echegaray efectuada mediante Resolución Ministerial N° 363-2011-MEM/DM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar las funciones del Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas al señor ingeniero José Carlos Robles Freyre. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 735603-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0275-2011-JUS Lima, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 146-2011- JUS, de fecha 01 de agosto de 2011, se designó al señor abogado Samuel Francisco Luis Torres Benavides, en el cargo de confi anza de Secretario General del Ministerio de Justicia, actualmente Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que desempeña, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del hoy Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor abogado SAMUEL FRANCISCO LUIS TORRES BENAVIDES al cargo de Secretario General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 735601-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL