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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de enero de 2012 458777 Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 738398-7 DEFENSA Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a la República Bolivariana de Venezuela con la finalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Oficial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2012-DE/FAP Lima, 6 de enero de 2012 Visto el Mensaje G841.-031515 ENE-12 y el Ofi cio NC-60-E841-Nº 002 de fecha 02 de enero de 2012 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, al personal militar y civil FAP que conformarán las tripulaciones de la aeronave principal BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP Nº 352, con la fi nalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la República Bolivariana de Venezuela, del 07 al 08 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, al Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán las tripulaciones de la aeronave principal BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP Nº 352, con la fi nalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la República Bolivariana de Venezuela, del 07 al 08 de enero de 2012: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-528 FAP Nº 356 TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA Piloto SANDOVAL Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico Técnico Inspector FAP WILFREDO MARIANO PEREZ RONDAN Mecánico Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Piloto Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess AERONAVE ALTERNA BOEING 737-200 FAP Nº 352 TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP RAUL GUSTAVO CASTELLARES ROSAS Piloto Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA Piloto Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto Técnico Inspector FAP NICOLAS ARTURO DAMIAN CHANGANA Mecánico Técnico Inspector FAP LUIS ALBERTO DE LA CRUZ TARMEÑO Mecánico Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess TRIPULACION ALTERNA Coronel FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto Técnico de 2da. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS Mecánico Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 200.00 x 02 días x 10 personas = US $ 4,000.00 TOTAL = US $ 4,000.00 Artículo 3º.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 738398-8