Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

ANO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
Ano XXIX - Nº 11672
www.elperuano.com.pe

458771

EDICION EXTRAORDINARIA
Sumario
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 002-2012-PCM.- Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica a la Primera Vicepresidenta de la Republica, entre los dias 7 y 8 de Enero de 2012 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la Republica 458772 R.S. N° 003-2012-PCM.- Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompanara al Presidente de la Republica durante su viaje a la Republica Bolivariana de Venezuela entre los dias 7 y 8 de enero de 2012 458772 R.S. N° 004-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a la Republica Bolivariana de Venezuela y encargan su Despacho a la Ministra de Educacion 458772 R.S. N° 005-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Energia y Minas a la Republica Bolivariana de Venezuela y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 458773 R.S. N° 006-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a la Republica Bolivariana de Venezuela y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones 458773 R.S. N° 007-2012-PCM.- Autorizan viaje de reportero grafico y redactor de Editora Peru S.A. para cubrir incidencias de la Visita Oficial que efectuara el Presidente de la Republica a la Republica Bolivariana de Venezuela 458774 R.S. N° 008-2012-PCM.- Autorizan viaje de personal del IRTP para cubrir incidencias de la Visita Oficial que efectuara el Presidente de la Republica a la Republica Bolivariana de Venezuela 458776 DEFENSA R.S. N° 008-2012-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a la Republica Bolivariana de Venezuela con la finalidad de trasladar al Senor Presidente de la Republica y Comitiva Oficial 458777

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCION

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