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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2012 (12/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de enero de 2012 459002 Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, Sub Dirección de Promoción Comercial, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas y Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para el servicio de participación en la Feria Internacional de Exportaciones European Seafood Exposition 2012, de acuerdo al siguiente cuadro: Servicio Lugar Fecha Modalidad Precio de Venta S/. (Inc. IGV) Precio de Venta (% UIT) Participación en la Feria Internacional de Exportaciones European Seafood Exposition 2012 Bruselas - Bélgica 24 al 26 de abril 2012 Stand de 9 m² sin congelador 26,026 713.04% Stand de 9 m² con congelador 29,551 809.62% Artículo 2º.- Modifi car el inciso 4.12 del numeral 4. “DESCUENTOS” de la Política de Comercialización de Servicios No Exclusivos de PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 123-2010- PROMPERÚ/SG, y modifi cada por las resoluciones indicadas en la parte considerativa de la presente, con el siguiente texto: “4.12 Participantes en Ferias Internacionales de Exportaciones Los descuentos señalados en el siguiente cuadro, han sido fi jados en función al tamaño de la empresa (ventas anuales), el volumen de exportaciones (exportaciones anuales) y el número de vez o veces que participa en la actividad, a través de PROMPERÚ. Los descuentos aplicables para la participación de empresas exportadoras del Sector Industria de la Vestimenta son los siguientes: Tamaño de Empresa Nº de vez o veces que participa en Ferias Internacionales de Exportaciones del Sector Industria de la Vestimenta 1 a 3 4 a 5 Más de 5 Micro y Pequeña (Ventas Totales hasta 1,700 UIT) 60 % 45 % 30 % Mediana y Grande 1 (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT y exportaciones hasta USD 5’000,000) 50 % 25 % 0 % Mediana y Grande 2 (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT y exportaciones mayores a USD 5’000,000) 30 % 15 % 0 % Los descuentos aplicables para la participación de empresas exportadoras de los Sectores Agro y Agroindustria y Pesca y Acuicultura, son los siguientes: Tamaño de Empresa Nº de vez o veces que participa en Ferias Internacionales de Exportaciones de los Sectores Agro y Agroindustria y Pesca y Acuicultura 1 a 3 4 a 5 Más de 5 Micro y Pequeña (Ventas Totales hasta 1,700 UIT) 60 % 45 % 30 % Mediana y Grande 1 (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT y Exportaciones hasta USD 5’000,000) 50 % 30 % 10 % Mediana y Grande 2 (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT y Exportaciones mayores USD 5’000,000 y hasta USD 10’000,000) 30 % 15 % 0 % Mediana y Grande 3 (Ventas Totales mayores a 1,700 UIT y Exportaciones mayores a USD 10’000,000) 20 % 10 % 0 % Descuento adicional para empresas que exhiban mayoritariamente productos de Biocomercio* 25 % * Empresas que en la feria exhiban en mayor grado producots de Biocomercio, las cuales serán califi cadas, previa evaluación, por la Subdirección de Promoción Comercial. Los descuentos aplicables para la participación de asociaciones y cooperativas del Sector Agro y Agroindustria son los siguientes: a) Cooperativas (incluye Cooperativas Agrarias de Producción y Sociedades Agrícolas de Interés Social) y Asociaciones de Productores de los “Productos Estratégicos” defi nidos por PROMPERÚ, tendrán descuentos equivalentes a los aplicables a la Empresa Mediana y Grande 1. b) Otras Asociaciones (Incluyendo Gremios empresariales) diferentes a las consideradas en la categoría precedente, tendrán descuentos equivalentes a los aplicables a la Empresa Mediana y Grande 3. El descuento aplicable para la participación de organizaciones públicas o privadas que gestionen programas de cooperación y desarrollo, focalizados en pequeños productores del Sector Agro y Agroindustria será del 60 %” Artículo 3º.-.Aprobar la modifi cación del Formato de Inscripción - Ferias Internacionales de Exportaciones a su versión 2, según Anexo Nº 01, que en cuatro (04) folios forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.-. Disponer que la Ofi cina de Administración y Finanzas publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.-. El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal Institucional, Portal de Transparencia de la Entidad y Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 739544-4 CULTURA Delegan facultades en el Secretario General, en el Director General de la Oficina General de Administración y en Jefes de diversas Unidades Ejecutoras, durante el Ejercicio Fiscal 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 503-2011-MC Lima, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, por Decreto Supremo N° 001-2011-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 039-2011-MC, son siete las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 003, Ministerio de Cultura; Que, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público, disponiendo en su Artículo 7° que el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le corresponde en materia presupuestal,