Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459007

En el Anexo Nº 01 de la presente MORDAZA se identifica a cada municipalidad de acuerdo a la clasificacion arriba mencionada. Articulo 6º.- De las metas del Plan de Incentivos Las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos. Las metas han sido establecidas para cada MORDAZA de municipalidad tomando en consideracion la finalidad del citado Plan, de acuerdo a lo senalado en el articulo 2º del presente reglamento. Articulo 7º.- Determinacion de los montos maximos de recursos para cada municipalidad Para determinar el monto MORDAZA de los recursos que le corresponde a cada municipalidad por el cumplimiento de sus metas, se utiliza como criterio de reparticion el indice de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal - FONCOMUN vigente, elaborado por la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas. Dicho monto es aprobado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas en el mes de marzo del ano 2012. Articulo 8º.- Evaluacion del cumplimiento de metas del Plan de Incentivos 8.1 La evaluacion del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos establecidas a las municipalidades es realizada por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre la base de los resultados obtenidos por cada municipalidad en cada una de las metas que le corresponden, e informados, segun sea el caso, por los organos y entidades correspondientes. En caso la municipalidad no MORDAZA registrado la informacion exigida por las entidades competentes en forma oportuna, completa e idonea, se considerara como incumplida la meta correspondiente por parte de la municipalidad. Los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, previo informe de dicha Direccion General, como requisito para la asignacion de los recursos. 8.2 Se realizaran dos evaluaciones en el ano 2012. La primera vinculada con el cumplimiento de metas anuales que deben alcanzar las municipalidades al 31 de diciembre de 2011 y que estan establecidas en Anexo Nº 03 del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal (FONCOMUN CONDICIONADO II). La MORDAZA vinculada con el cumplimiento de metas que deben alcanzar las municipalidades al 31 de MORDAZA del ano 2012 y que estan establecidas en el Anexo Nº 02 de la presente norma. 8.3 Asimismo, el presente Decreto Supremo establece las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre de 2012, con la finalidad de que estas puedan programar con la debida anticipacion sus actividades durante el citado ano para cumplir con las metas. Las metas asi como los ponderadores a utilizar para la asignacion de los recursos a las municipalidades estan senalados en el Anexo Nº 04 y Nº 05 respectivamente, que forman parte de la presente norma. Articulo 9º.- De la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a las municipalidades para el ano 2012 La asignacion de los recursos del Plan de Incentivos para el ano 2012 se realiza de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Los recursos del Plan de Incentivos se distribuyen en dos partes, cada una de ellas condicionada al cumplimiento de determinadas metas. En cada parte se distribuye hasta el 50% de los recursos asignados al Plan de Incentivos para el ano 2012. b) La Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas calcula el monto que corresponde a cada municipalidad en funcion de las dos evaluaciones del cumplimiento de las metas a que hace referencia el numeral 8.2 del articulo 8º de la presente MORDAZA y los ponderadores establecidos por el cumplimiento de las metas para cada evaluacion.

En el caso de la primera evaluacion, los ponderadores utilizados se encuentran senalados en el Anexo Nº 05 del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF. En el caso de la MORDAZA evaluacion, los ponderados utilizados se encuentran senalados en el Anexo Nº 03 que forma parte de la presente norma. c) Los montos que corresponden a cada municipalidad son transferidos mediante Decreto Supremo, con cargo a los recursos a que hace referencia el articulo 4º de la presente norma. Articulo 10º.- Recursos no asignados por el incumplimiento de las metas La sumatoria de los recursos del Plan de Incentivos no asignados por el incumplimiento de las metas evaluadas durante el ano 2012, son distribuidos de manera adicional entre aquellas municipalidades que cumplieron con todas las metas evaluadas durante dicho ano, conforme numeral 8.2 del articulo 8º del presente Reglamento. La metodologia para distribuir estos recursos se detalla en el Anexo Nº 06 de la presente norma. Articulo 11º.- De los plazos para la transferencia de los recursos del Plan de Incentivos La transferencia de recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2011, se realiza en el mes de junio del ano 2012. La transferencia de recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de MORDAZA del ano 2012, se realiza en el mes de octubre del ano 2012. Los recursos no asignados por el incumplimiento de las metas de la evaluacion al 31 de diciembre del ano 2011 y de la evaluacion al 31 de MORDAZA del ano 2012, son transferidos a las municipalidades conjuntamente con los recursos por el cumplimiento de las metas correspondientes al 31 de MORDAZA del ano 2012. Articulo 12º.- Del uso de los recursos Los recursos asignados a las municipalidades por el Plan de Incentivos se destinan exclusivamente al cumplimiento de los fines y objetivos del referido Plan, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la presente norma. Articulo 13º.Asistencia tecnica a las municipalidades El Ministerio de Economia y Finanzas coordina con las entidades correspondientes la asistencia tecnica a las municipalidades para alcanzar los fines y objetivos del Plan de Incentivos. Articulo 14º.- Designacion de funcionario responsable de la municipalidad Mediante Resolucion de Alcaldia las municipalidades designaran un funcionario responsable de coordinar con las distintas areas de la municipalidad el cumplimiento de las metas establecidas en la presente norma. Concluido el plazo para el cumplimiento de las metas, el funcionario designado por la municipalidad debera elevar al MORDAZA y al gerente municipal un informe sobre el cumplimiento de las metas del ano 2012 o las razones de su incumplimiento de ser el caso. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- Regimen aplicable a las nuevas municipalidades que han elegido por primera vez alcaldes durante el ano 2011 Las municipalidades de los distritos de MORDAZA (provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica), Yacus (provincia de MORDAZA, departamento de Huanuco), Constitucion (provincia de Oxapampa, departamento de Pasco) y Samugari (provincia de La Mar, departamento de Ayacucho), creadas mediante las Leyes Nº 29538, 29540, 29541 y 29558, respectivamente, seran clasificadas en el Plan de Incentivos, por unica vez para el ano 2012, como "Municipalidades de ciudades principales, con menos de 500 viviendas urbanas"; con la finalidad de incorporar a dichas municipalidades de manera progresiva al esquema de incentivos monetarios condicionado al cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos.

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