Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, mediante la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2012; Que, de conformidad con el Articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que la citada MORDAZA le otorga, excepto la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Que, en tal sentido, a fin de viabilizar el accionar de la Entidad, es necesario delegar en diversos funcionarios, facultades que corresponden al Titular de la Entidad, asi como las facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA privativas del Titular de este Ministerio; Estando a lo visado por el Secretario General, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Director General (e) de la Oficina General de Administracion y la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; el Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2012, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003, Ministerio de Cultura: a) Aprobar directivas internas para la racionalizacion del gasto y para el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2012, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, a excepcion de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administracion o a las que MORDAZA sus veces en las Unidades Ejecutoras del Pliego 003, Ministerio de Cultura, conforme a las disposiciones que dicta la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. b) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico. c) Aprobar y modificar el compromiso anualizado. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Cultura, asi como las modificaciones de las metas fisicas y financieras que pudieran efectuarse durante el mismo ejercicio. e) Suscribir contratos de auditoria externa para la Entidad. f) Suscribir Convenios de Gestion, de Cooperacion y/o Colaboracion Interinstitucional, u otros instrumentos de igual naturaleza; asi como, sus respectivas adendas; a excepcion de aquellos que se suscriban con instituciones u organismos internacionales o entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales. g) Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza. h) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones; asi

como, sus modificatorias, en atencion a lo dispuesto en la normativa de Contrataciones del Estado. i) Aprobar los Expedientes de Contratacion y las Bases Administrativas de los procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica que realice el Ministerio de Cultura; asi como, de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados. j) Autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables, y asimismo, aprobar los expedientes tecnicos de obras vinculados con procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Publica Directa; asi como, de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados. k) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales Ad Hoc y similares; asi como, modificar la composicion de los mismos, que de acuerdo a la normatividad vigente no requieran expresamente de la intervencion del Titular. l) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para efectuar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA previsto por ley, debiendo verificar que la propuesta economica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. m) Autorizar los procesos de estandarizacion para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios. n) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en procesos de seleccion que, de acuerdo a la normativa vigente, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular. o) Aprobar la cancelacion de procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica; asi como, de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados. p) Suscribir y resolver los contratos que se deriven de la adjudicacion de la buena pro de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica, asi como de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados y sus respectivas adendas. q) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales y reducciones de las mismas hasta por el 25% del monto del contrato derivado de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica, asi como en el caso de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados, a excepcion de las prestaciones adicionales de obra y aquellas que, por disposicion legal, resulten indelegables. En caso de prestaciones adicionales se debera contar con la disponibilidad de recursos presupuestales. r) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios hasta el limite previsto por ley, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa vigente y previa disponibilidad de recursos presupuestales. s) Aprobar los actos de disposicion de bienes inmuebles. t) Autorizar y resolver las acciones de personal bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y Decreto Legislativo N° 728 que, de acuerdo a la legislacion vigente, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular, incluyendo la autorizacion de las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo - CAFAE de la entidad, la autorizacion del pago por concepto de incentivo a la productividad al personal sujeto al Decreto Legislativo N° 728 y la aprobacion de la celebracion de contratos relativos a los servicios regulados por los citados regimenes, sus renovaciones, modificaciones o resoluciones. La delegacion de facultades a que se hace referencia en el presente articulo resulta de aplicacion, cuando corresponda, a las demas Unidades Ejecutoras del Pliego 003, Ministerio de Cultura. Articulo 2°.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de

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