Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458997

concordado con el articulo 5º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la citada MORDAZA le otorga. No pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento; Que, de acuerdo con la estructura organica de la Presidencia del Consejo de Ministros descrita en su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, resulta pertinente delegar en el (la) Secretario(a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el(la) Director(a) de la Oficina General de Administracion las facultades y atribuciones en materia presupuestal y las acciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA privativas a la funcion de Presidente(a) del Consejo de Ministros; Con el visado de la Secretaria General y de los Directores de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoria Juridica y Administracion; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto Legislativo N° 1017 - Ley De Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades en el Secretario General. Delegar en el (la) Secretario(a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros las siguientes facultades: 1.1. En materia normativa y convencional:

procedimientos administrativos de caracter interno a cargo de los organos de apoyo de la Presidencia del Consejo de Ministros. b) Suscribir convenios y adendas en representacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, con excepcion de aquellos que por MORDAZA expresa deban ser suscritos por el (la) Presidente(a) del Consejo de Ministros. 1.2. En materia presupuestal: a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40º de la Ley Nº 28411. b) Las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Presidente del Consejo de Ministros, en su calidad de Titular del Pliego 001 - Presidencia del Consejo de Ministros, y las acciones administrativas de gestion y de resolucion en materia presupuestaria, que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro(a) de Estado, durante el Ejercicio Presupuestal del ano 2012, estando facultado para emitir Directivas internas para la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2012. 1.3 En materia administrativa: a) Resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante organos dependientes del (de la) Presidente(a) del Consejo de Ministros. b) Autorizar la contratacion de personal, bajo el regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias; asi como las disposiciones de SERVIR sobre la materia. 1.4 En materia de contrataciones del Estado:

a) Aprobar directivas y/o manuales, asi como todo documento normativo que regule los actos de administracion interna, elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnico normativos y metodologicos, orientados a optimizar los

a) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes que tienen a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion que convoque la entidad.

PERU

Ministerio de Economia y Finanzas

Viceministro de Hacienda

Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico

COMUNICADO N° 001-2012-EF/52.07 CONCILIACION DE CUENTAS DE ENLACE DEL EJERCICIO 2011 A LAS UNIDADES EJECUTORAS CENTRALES DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES Se hace de conocimiento de los Directores Generales de Administracion, o quienes MORDAZA sus veces, de las Unidades Ejecutoras Centrales de los pliegos presupuestarios, que la suscripcion, por parte de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP), del Acta de Conciliacion de las Cuentas de Enlace del Ano Fiscal 20111, se efectuara a mas tardar en las fechas establecidas en el cronograma que se encuentra en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas: http://www.mef.gob.pe, para cuyo efecto deberan remitir a la DGETP con la debida oportunidad, la mencionada Acta, firmada por el Director General de Administracion, o por quien haga sus veces, el Tesorero y el Contador de la indicada Unidad Ejecutora Central MORDAZA, 11 de enero de 2012

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico

1 Articulo 80° de la Directiva de Tesoreria N° 001-2007-EF/77.15

740161-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.