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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2012 (14/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de enero de 2012 459227 SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocatoria a elecciones de representantes de asociaciones de MYPE. Convocar a elecciones de representantes de asociaciones de MYPE, en los siguientes espacios o instancias de representación en entidades públicas de ámbito local: a) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. b) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. c) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro de Trujillo S.A. d) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. e) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. f) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. g) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. h) Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. El voto en estas elecciones de representantes se realizará en la modalidad virtual, para lo cual la Dirección General de MYPE y Cooperativas coordinará con la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Artículo 2.- Constitución de Comités Electorales. Los Comités Electorales que se encargarán de la conducción de los procesos de elección referidos en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, estarán constituidos, en cada caso, por los siguientes miembros: • El/la titular del cargo de Director General de la Dirección General de MYPE y Cooperativas del Ministerio de la Producción, quien actuará como presidente. • El/la titular del cargo de Director de la Dirección de Desarrollo Empresarial de la Dirección General de MYPE y Cooperativas, quien actuará como secretario. • El/la profesional designado/a por la entidad pública que solicitó la convocatoria del proceso electoral, quien actuará como vocal. El Comité Electoral se instalará en un plazo no mayor de 2 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Fecha de las elecciones. Establecer como fecha de las elecciones referidas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el día 24 de febrero de 2012, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, las cuales se desarrollarán en concordancia con las normas complementarias para la elección de representantes de asociaciones MYPE en los espacios de representación de las entidades públicas, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 019-2012-PRODUCE y en concordancia con el cronograma y demás disposiciones que apruebe y publique el Comité Electoral. Artículo 4.- Publicación de la convocatoria. El Comité Electoral dispondrá la publicación de la convocatoria, con la información referida en el anexo 1 de la Resolución Ministerial Nº 019-2012-PRODUCE, así como la publicación del cronograma y demás disposiciones que acuerde, en la página web del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob. pe) y en la página web de cada una de las entidades públicas que solicitaron la convocatoria, según corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 741140-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Chile” DECRETO SUPREMO Nº 003-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Chile”, fue suscrito el 25 de noviembre de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa Nº 29826 de 15 de diciembre de 2011; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo Único.- Ratifícase el “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Chile”, suscrito el 25 de noviembre de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa Nº 29826 de 15 de diciembre de 2011. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de enero del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 741315-1 Aprueban la Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeño del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al año 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0028/RE-2011 Lima, 10 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 025-2010-PCM, Nº 086-2010-PCM y N° 052-2011-PCM, defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fi n que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos del Estado impulsen transversalmente su promoción y ejecución, en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM establece que, mediante Resolución Ministerial, cada sector deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales de su competencia; Que, en cumplimiento de los citados dispositivos legales, la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior, a través de la Dirección de Políticas y Estrategias, ha coordinado con las unidades orgánicas del sector Relaciones Exteriores la elaboración de las metas e indicadores de desempeño del sector para el año 2012, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;