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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2012 (14/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de enero de 2012 459241 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003- MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el Artículo 94º del citado Reglamento, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspección y Segundo Reporte de Verifi cación (Revisa 2) los mismos que constituyen requisitos para la nacionalización de vehículos usados por el régimen regular y por el régimen de CETICOS, respectivamente para garantizar que éstos cumplan con las exigencias técnicas establecidas en el citado Reglamento y con la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles de emisiones contaminantes, son emitidos por las Entidades Verifi cadoras; Que, mediante Resolución Directoral Nº 12489- 2007-MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 003-2007- MTC/15, la misma que regula el Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Verifi cadoras, estableciendo las condiciones y requisitos documentales para solicitar autorización como Entidad Verifi cadora ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 11155-2008- MTC/15, publicada el 18 de Noviembre del 2008 fue autorizada a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A. como entidad verifi cadora. Que, mediante Resolución Directoral Nº 697-2011- MTC/15 publicada el 02 de Marzo del 2011 se autoriza la renovación a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A. como Entidad Verifi cadora; Que, de acuerdo a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 130-2011- MTC/15.03.A.Legal.wce de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante los documentos, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias y la Resolución Directoral Nº 12489-2007-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1°.- RENOVAR la autorización como Entidad Verifi cadora a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., otorgada mediante Resolución Directoral Nº 11155-2008- MTC/15, por el plazo de un (01) año contado a partir del 19 de Noviembre de 2011, quien se encargará de realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización, para operar por el régimen regular y por el régimen de CETICOS en las Zonas de Reconocimiento Físico de Matarani, Ilo y Paita. Artículo 2°.- La empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos: Documentos Fecha máxima de presentación Documentos del personal técnico de las Zonas de Paita, Ilo y Matarani, requeridos por el numeral 5.2.6 de la Directiva Treinta (30) días calendario de otorgada la autorización Documentos que sustenten la propie- dad y/o condición de arrendatario fi nanciero sobre los mismos del equi- pamiento requeridos por el numeral 5.2.9 de la Directiva Treinta (30) días calendario de otorgada la autorización. Copia legalizada del Certifi cado ISO 9001 Noventa (90) días calendario de otorgada la autorización Artículo 3°.- La Empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., deberá aplicar los dispositivos mencionados en la base legal y sujetar su actuación a la Directiva Nº 003-2007- MTC/15 publicada el 1º de octubre del 2007 en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa recurrente. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 740834-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN para participar en evento a realizarse en Chile RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 007-2012 Lima, 11 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, del 3 al 22 de enero de 2012 se lleva a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el XIX Festival Internacional Santiago a Mil, evento cultural de las artes escénicas de Chile, organizado por la Fundación Teatro a Mil, que presenta una variada programación nacional e internacional ligada al teatro, la danza y la música; Que, del 16 al 22 de enero de 2012, como componente del Festival a que se refi ere el considerando precedente, se llevará a cabo la Semana de Programadores, dedicada a la circulación y a la comercialización internacional de la producción de artes escénicas chilenas y latinoamericanas, estructurada con una programación especial de mesas de contacto entre representantes de compañías nacionales y latinoamericanas, productores, compradores y vendedores de arte escénico; Que, el servidor que representará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en el mencionado evento será el señor Roberto Carcelén Ruiz Bravo, Asesor Técnico en Asuntos Turísticos e Inmobiliarios de la Dirección de Promoción de Inversiones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, la participación del referido servidor en el citado evento permitirá promocionar el Proyecto “Gestión y Explotación del Gran Teatro Nacional”, así como reforzar la imagen del país como atractiva plaza de inversión extranjera, actividades que constituyen acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, la participación del mencionado servidor, se llevará a cabo de conformidad con el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el cual establece que las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29812, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, y la Directiva Nº 008-2011-PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Roberto Carcelén Ruiz