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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2012 (14/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de enero de 2012 459230 Visto el Expediente N° 11-076412-001, que contiene el Informe N° 003044-2011-DHAZ/DIGESA, presentado por la Dirección General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO: Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud establece que es interés del Estado vigilar, cautelar y atender los problemas de salud ambiental, entre otros; Que, mediante Resolución Ministerial N° 981-2006/ MINSA se aprobó la NTS 052-MINSA/DGSP-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la Rabia Humana en el Perú”, que dispone la realización de campañas masivas de vacunación antirrábica en canes con fi nes de prevención y control a nivel nacional, estableciendo así mismo la gratuidad de las mismas; Que, con Resolución Ministerial N° 265-2009/ MINSA se aprobó la Directiva Sanitaria N° 023-MINSA/ DIGESA-V.01 “Directiva Sanitaria para la aplicación de la Campaña Nacional de Vacunación Antirrábica Canina del Ministerio de Salud”, cuyo objetivo general es determinar la organización, funciones, procedimientos, responsabilidades, obligaciones, líneas de autoridad y organización de la Campaña Nacional de Vacunación Antirrábica Canina (VAN CAN), en forma gratuita en el ámbito nacional, de alcance a las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud y la que haga sus veces en el ámbito regional en todo el territorio nacional; Que, conforme a lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005- SA y sus modifi catorias, la Dirección General de Salud Ambiental es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados al saneamiento básico, salud ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección ambiental; Que, así mismo, el literal c) del artículo 49° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud antes mencionado dispone que corresponde a la Dirección General de Salud Ambiental, a través de la Dirección de Higiene Alimentaria y Zoonosis, concertar y articular los aspectos técnicos y normativos en materia de prevención de la zoonosis; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud Ambiental ha propuesto la “Guía Técnica para Estandarizar los Procedimientos de la Fase de Ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina (VAN-CAN)”, cuyo objetivo es establecer y estandarizar los procedimientos y las acciones para el desarrollo de la fase de ejecución de la Campaña Nacional de Vacunación Antirrábica Canina, en las Direcciones de Salud (DISAS), Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS), Gerencias Regionales de Salud (GERESAS) o las que hagan sus veces; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la “Guía Técnica para estandarizar los Procedimientos de la Fase de Ejecución de la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina (VAN-CAN)”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud Ambiental, a través de la Dirección de Higiene Alimentaria y Zoonosis, la difusión y supervisión de lo dispuesto en la citada Guía Técnica. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 740616-5 Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño 2012 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2012/MINSA Lima, 13 de enero del 2012 Vistos: los Informes Nº 267-2011 -OGPP-OPGI/MINSA y Nº 003-2012-OGPP-OPGI/MINSA de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se defi nen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 1º del precitado Decreto Supremo, establece que se entiende por Política Nacional, toda norma que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el propósito de defi nir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de política pública, así como los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades; Que, por su parte, el artículo 3º del citado Decreto Supremo señala que, mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, se aprobarán dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia. Dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios, las cuales deberán ser debidamente publicadas. Que, en atención a lo dispuesto en la mencionada normativa, la Ofi cina de Planifi cación y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitó a los organismos públicos adscritos al Sector Salud, así como a los órganos, unidades orgánicas del Ministerio de Salud, que en el ámbito de su competencia defi nan los indicadores y metas correspondientes al año 2012, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modifi catorias; Que, en atención a ello y teniendo en cuenta la información proporcionada por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, así como de los organismos públicos adscritos al Sector Salud, la mencionada Ofi cina General elaboró los Indicadores de Desempeño para el año 2012, que deberá cumplir el Ministerio de Salud, los cuales se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modifi catorias; Que, en consecuencia resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar los Indicadores de Desempeño para el año 2012, que se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de Obligatorio cumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM y sus modifi catorias, los cuales responden a los objetivos institucionales para el año 2012 establecidos para el Ministerio de Salud. Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional y con el visado de la Directora General (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modifi catorias, y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño 2012 del Ministerio de Salud, que están articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional,