Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2012 (07/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, martes 7 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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y normas modificatorias dispone que la devolucion de tributos administrados por la SUNAT se efectua mediante cheques no negociables, documentos valorados denominados Notas de Credito Negociables, giros, ordenes de pago del sistema financiero y/o abono en cuenta corriente o de ahorros. Agrega que la devolucion mediante cheques no negociables, la emision, utilizacion y transferencia a terceros de las Notas de Credito Negociables, asi como los giros, ordenes de pago del sistema financiero y el abono en cuenta corriente o de ahorros se sujetaran a las normas que se establezcan por decreto supremo; Que conforme al articulo 31º del Reglamento de Notas de Credito Negociables aprobado mediante Decreto Supremo N.º 126-94-EF y normas modificatorias la devolucion de pagos indebidos y en exceso de deudas tributarias cuya administracion este a cargo de la SUNAT se solicitara mediante escrito fundamentado, al que se adjuntara el formulario correspondiente. Asimismo, senala que la SUNAT podra establecer que el referido formulario sea presentado en medio informatico, en la forma y condiciones que MORDAZA senale, y que la informacion contenida en el escrito fundamentado sea incorporada al formulario; Que el articulo 4º del Decreto Supremo N.º 51-2008EF, que regula la devolucion de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administracion esta a cargo de la SUNAT mediante ordenes de pago del sistema financiero, indica que la devolucion a traves de las mencionadas ordenes de pago se solicitara mediante escrito fundamentado al que se adjuntara el formulario correspondiente, y que la referida documentacion debera ser presentada ante la Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT del domicilio fiscal del solicitante o en la dependencia que se le hubiera asignado para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, segun corresponda. El articulo tambien faculta a la SUNAT a establecer que la referida devolucion sea solicitada a traves de medio informatico, de acuerdo a la forma y condiciones que establezca para tal fin; Que la solicitud de devolucion MORDAZA referida se puede presentar a traves del Formulario N.º 4949 en la Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT senalados en el considerando anterior o, tratandose del saldo a favor por rentas del capital y/o rentas del trabajo del ejercicio gravable 2010 o solo por rentas del trabajo del ejercicio gravable 2010 consignado en el PDT N.º 667: Renta Anual 2010 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas o en el Formulario Virtual N.º 667: Simplificado Rentas de Trabajo 2010, respectivamente, presentando en SUNAT Virtual el Formulario Virtual N.º 1649, aprobado por la tercera disposicion complementaria final de la Resolucion de Superintendencia N.º 232-2008/SUNAT y modificado, para dicho efecto, por la primera disposicion complementaria final de la Resolucion de Superintendencia N.º 021-2011/ SUNAT, cuando corresponda; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 289-2011/SUNAT se han aprobado las disposiciones y formularios para la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2011, estableciendo, entre otros aspectos, los supuestos en los cuales los sujetos que hubieran obtenido rentas distintas a las de tercera categoria estan obligados a presentar su declaracion, la cual podra ser efectuada, segun sea el caso, en el PDT N.º 669: Renta Anual 2011 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas (rentas de primera categoria, rentas de MORDAZA categoria originadas en la enajenacion de los bienes a que se refiere el inciso a) del articulo 2º de la Ley del Impuesto a la Renta, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera) o el Formulario Virtual N.º 669 ­ Simplificado Renta Anual 2011 ­ Persona Natural (rentas de primera categoria y rentas del trabajo), y que la MORDAZA de este ultimo debera realizarse unicamente a traves de SUNAT Virtual, mientras que en el caso del PDT N.º 669 ello solo sera obligatorio cuando el importe total a pagar que se consigne en el mismo sea cero;

Que resulta conveniente poner a disposicion de los contribuyentes que presenten el PDT N.º 669: Renta Anual 2011 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas o el Formulario Virtual N.º 669 ­ Simplificado Renta Anual 2011 ­ Persona Natural, el formulario virtual que les permita optar por presentar a traves de SUNAT Virtual la solicitud de devolucion de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2011, asi como establecer la forma y condiciones para su presentacion; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.º 001-2009JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario pues solo se esta regulando una forma alternativa para que los contribuyentes que presenten el PDT N.º 669: Renta Anual 2011 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas o el Formulario Virtual N.º 669 ­ Simplificado Renta Anual 2011 ­Persona Natural soliciten la devolucion del saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2011; En uso de las facultades conferidas por el articulo 31º del Reglamento de Notas de Credito Negociables aprobado mediante Decreto Supremo N.º 126-94EF y normas modificatorias, el articulo 4º del Decreto Supremo N.º 51-2008-EF, el articulo 11º del Decreto Legislativo N.º 501, el articulo 5º de la Ley N.º 29816 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Definiciones Para efectos de la presente resolucion, debera entenderse por: a) Declarante : Al contribuyente que hubiera obtenido rentas distintas a las de tercera categoria y que de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Superintendencia N.º 2892011/SUNAT presente el PDT N.º 669: Renta Anual 2011 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas o el Formulario Virtual N.º 669 ­ Simplificado Renta Anual 2011 ­ Persona Natural y consigne en estos saldos a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2011, sujetos a devolucion. Al formulario virtual que podra ser utilizado por los sujetos que durante el ejercicio 2011 hayan percibido rentas de primera categoria y/o rentas del trabajo y cumplan las condiciones senaladas en la Resolucion de Superintendencia N.º 2892011/SUNAT que aprueba las disposiciones y formularios para la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2011.

b) Formulario Virtual N.º : 669 ­ Simplificado Renta Anual 2011 ­Persona Natural

c) Ley

: Al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.º 179-2004-EF y normas modificatorias.

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