Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2012 (08/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2012

Articulo Unico.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la ceramica de MORDAZA, manifestacion cultural del distrito del mismo nombre, en la provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, debido a la conservacion de tecnicas, insumos y disenos empleados en la elaboracion de la ceramica y a su origen ancestral; por su importancia en la identidad de la poblacion local y en la rememoracion de su historia; por el alto grado de innovacion y fomento a la creatividad humana expresada en las decoraciones de las piezas elaboradas; por el origen natural de los insumos utilizados y que no afectan el medio ambiente; por la reciprocidad que se percibe durante el MORDAZA de elaboracion de las piezas y por la gran variedad de piezas utilitarias y su relacion con la gastronomia local. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 811409-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar del Ejercito Peruano al Estado Plurinacional de Bolivia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 323-2012-DE/ MORDAZA, 07 de MORDAZA de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 31693/CGE/DIE/D8a /03.03 del 20 de enero de 2012, de la Direccion de Inteligencia del Ejercito; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo la designacion de una delegacion militar integrada por un (01) oficial general, tres (03) oficiales superiores y un (01) tecnico EP de la 4ta. Brigada de MORDAZA, MORDAZA, para que participe en la XXIV Reunion Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejercito Boliviano y la 4ta. Brigada Montana-Puno, a realizarse en la MORDAZA de Viacha del Estado Plurinacional de Bolivia en el periodo comprendido del 09 al 11 de MORDAZA de 2012; Que, el Comando del Ejercito del Peru, autorizo a la Direccion de Inteligencia del Ejercito (DIE), el planeamiento, organizacion y ejecucion de las conferencias bilaterales de inteligencia a realizarse en el ano fiscal 2012; Que, las coordinaciones y, los reglamentos de las conferencias bilaterales de inteligencia (CCBBII), Reunion de Coordinacion Especializada (RCE) MORDAZA ­ PERU, y Reuniones Regionales Bilaterales de Inteligencia entre MORDAZA Unidades de Frontera, aprobados en el ano 2011 entre el Ejercito del Peru y los Ejercitos de Ecuador, Colombia, Bolivia, MORDAZA y las Actas Finales que fueron aprobadas por el Comando del Ejercito del Peru, constituyen compromisos conjuntos internacionales formales y de cumplimiento obligatorio; Que, la participacion del personal militar nombrado en la parte resolutiva en la citada XXIV Reunion Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejercito Boliviano y la 4ta. Brigada Montana-Puno, permitira el intercambio de informacion e inteligencia estrategica en el MORDAZA de las medidas de confianza mutua de acercamiento entre MORDAZA naciones, tendientes a eliminar o determinar las posibles amenazas y riesgos

futuros para la toma de decisiones referentes a la seguridad nacional y paz regional; Que, el mencionado viaje en Comision de Servicio ha sido incluido en el Item 112, Rubro 5. Medidas de Confianza Mutua, Anexo 01 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 0142012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 ­ Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011 ­ DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047­2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, y el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comision de servicio a la MORDAZA de Viacha del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin de que participen en la XXIV Reunion Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejercito Boliviano y la 4ta. Brigada Montana-Puno, en el periodo comprendido del 09 al 11 de MORDAZA de 2012, del personal militar siguiente:
GRADO GRAL BRIG CRL CRL TTE CRL TCO 3 EP EP EP EP EP NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA LABA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VIZQUERRA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WASHUALDO MORDAZA CIP 111410700 114722600 111439500 116086900 326844600 DNI 07477244 43297561 09582258 43304582 01888848

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Terrestre (clase economica) MORDAZA ­ Viacha (Bolivia) ­ MORDAZA US $ 30.00 x 05 personas Viaticos por Comision de Servicio en el Extranjero US $ 200.00 x 03 dias x 05 personas (09-11Jul. 2012) Total a pagar.

$

150.00

$ 3,000.00 $ 3,150.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El personal militar comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a

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