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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2012 470228 SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la cerámica de Huancas, manifestación cultural del distrito del mismo nombre, en la provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, debido a la conservación de técnicas, insumos y diseños empleados en la elaboración de la cerámica y a su origen ancestral; por su importancia en la identidad de la población local y en la rememoración de su historia; por el alto grado de innovación y fomento a la creatividad humana expresada en las decoraciones de las piezas elaboradas; por el origen natural de los insumos utilizados y que no afectan el medio ambiente; por la reciprocidad que se percibe durante el proceso de elaboración de las piezas y por la gran variedad de piezas utilitarias y su relación con la gastronomía local. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VARÓN GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 811409-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar del Ejército Peruano al Estado Plurinacional de Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 323-2012-DE/ Lima, 07 de julio de 2012 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 31693/CGE/DIE/D- 8a /03.03 del 20 de enero de 2012, de la Dirección de Inteligencia del Ejército; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación de una delegación militar integrada por un (01) ofi cial general, tres (03) ofi ciales superiores y un (01) técnico EP de la 4ta. Brigada de Montaña, Puno, para que participe en la XXIV Reunión Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejército Boliviano y la 4ta. Brigada Montaña-Puno, a realizarse en la ciudad de Viacha del Estado Plurinacional de Bolivia en el periodo comprendido del 09 al 11 de julio de 2012; Que, el Comando del Ejército del Perú, autorizó a la Dirección de Inteligencia del Ejército (DIE), el planeamiento, organización y ejecución de las conferencias bilaterales de inteligencia a realizarse en el año fi scal 2012; Que, las coordinaciones y, los reglamentos de las conferencias bilaterales de inteligencia (CCBBII), Reunión de Coordinación Especializada (RCE) CHILE – PERÚ, y Reuniones Regionales Bilaterales de Inteligencia entre Grandes Unidades de Frontera, aprobados en el año 2011 entre el Ejército del Perú y los Ejércitos de Ecuador, Colombia, Bolivia, Chile y las Actas Finales que fueron aprobadas por el Comando del Ejército del Perú, constituyen compromisos conjuntos internacionales formales y de cumplimiento obligatorio; Que, la participación del personal militar nombrado en la parte resolutiva en la citada XXIV Reunión Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejército Boliviano y la 4ta. Brigada Montaña-Puno, permitirá el intercambio de información e inteligencia estratégica en el marco de las medidas de confi anza mutua de acercamiento entre ambas naciones, tendientes a eliminar o determinar las posibles amenazas y riesgos futuros para la toma de decisiones referentes a la seguridad nacional y paz regional; Que, el mencionado viaje en Comisión de Servicio ha sido incluido en el Ítem 112, Rubro 5. Medidas de Confi anza Mutua, Anexo 01 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014- 2012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 – Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011 – DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047–2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, y el Decreto Supremo Nº 024- 2009 DE/SG, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la ciudad de Viacha del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin de que participen en la XXIV Reunión Regional Bilateral de Inteligencia Entre la Brigada Mecanizada del Ejército Boliviano y la 4ta. Brigada Montaña-Puno, en el periodo comprendido del 09 al 11 de julio de 2012, del personal militar siguiente: GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CIP DNI GRAL BRIG EP Juan SALAZAR LABA 111410700 07477244 CRL EP Erwin SOLIS OCHOA 114722600 43297561 CRL EP Javier Hernán TRELLES VIZQUERRA 111439500 09582258 TTE CRL EP Neil Edwin RODRIGUEZ TEJEDA 116086900 43304582 TCO 3 EP Juan Cesar WASHUALDO AGUILAR 326844600 01888848 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora: 003-Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Terrestre (clase económica) Puno – Viacha (Bolivia) – Puno US $ 30.00 x 05 personas $ 150.00 Viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero US $ 200.00 x 03 días x 05 personas (09-11Jul. 2012) $ 3,000.00 Total a pagar. $ 3,150.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a