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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2012 (08/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2012 470234 Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 811513-7 Otorgan concesión definitiva a Panamericana Solar S.A.C. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2012-EM Lima, 7 de julio de 2012 VISTO: El Expediente N° 14276211 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Panamericana Solar S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12450456 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 138 kV Planta de Generación Solar Panamericana Solar 20 TS – Derivación L.T. CT Ilo – S.E. Toquepala, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 135-2011- MEM/AAE de fecha 10 de mayo de 2011, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, aprobó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Planta Solar Fotovoltaica Panamericana Solar 20 TS”; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012- MC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de abril de 2012, en su párrafo fi nal señala que respecto de los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la referida norma se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicación, por lo que la referida norma no se aplica al presente procedimiento; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento ha emitido el Informe N° 051- 2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Panamericana Solar S.A.C. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV Planta de Generación Solar Panamericana Solar 20 TS – Derivación L.T. CT Ilo – S.E. Toquepala, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de ser- vidumbre que corresponde (m) Planta de Generación Solar Panamericana Solar 20TS – Derivación L.T. CT Ilo – S.E. Toquepala 138 01 0,46 20 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 393- 2011 a suscribirse con Panamericana Solar S.A.C., el que consta de diecinueve (19) cláusulas y cinco (05) anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 393-2011 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93- EM. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 811513-8 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Salud Ocupacional y designan temporalmente a Director Ejecutivo de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 565-2012/MINSA Lima, 5 de julio del 2012