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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2012 (08/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2012 470232 y el Departamento de Estado Norteamericano en la organización de un evento sobre garantías mobiliarias en América Latina y el Caribe, los días 16 y 17 de julio de 2012, en la sede de la Reserva Federal en Atlanta, en la ciudad de Atlanta, Estado de Georgia, Estados Unidos de América; asimismo, invita al Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas a participar como ponente en dicho evento; Que, el objetivo del evento es compartir experiencias sobre la reforma en los sistemas de garantías mobiliarias en la región, así como crear un mecanismo de apoyo práctico para dichas reformas en el futuro, con el soporte de las entidades antes mencionadas; así también, se desarrollarán conferencias que abarcarán, entre otros, los siguientes temas: i) Necesidad de implementar estrategias coordinadas entre los países, ii) Revisión de resultados tangibles en países que han incorporado reformas en los sistemas de garantías mobiliarias tales, como China y Honduras, iii) Evaluación del rol de diversas entidades en la reforma, como la participación de las agencias de asistencia técnica, la banca privada, las entidades gubernamentales, iv) Análisis sobre el acceso al crédito e inclusión fi nanciera, y v) Charlas sobre reformas legales en curso en Latinoamérica; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que el señor Alfonso Jesús Garcés Manyari, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas participe como ponente en el citado evento, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Alfonso Jesús Garcés Manyari, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Atlanta, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 15 al 18 de julio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes aéreos : US $ 2 200,00 - Viáticos (3 días) : US $ 660,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 811513-3 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2012-EF Lima, 7 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Facsímil (DAE-DNE) N° 243, de fecha 30 de mayo de 2012, el Director de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores remite copia de la comunicación que dirige el Ministro de Hacienda y Crédito Público de Colombia, conjuntamente con funcionarios del CIAT, CEPAL, BID y la OCDE al Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, a fin de anunciar la realización de la Segunda Reunión del Foro LAC (Iniciativa Fiscal para América Latina y el Caribe) sobre Política Tributaria “Incentivos tributarios e informalidad en tiempos de consolidación fiscal”, que se realizará el 12 y 13 de julio de 2012 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el objetivo del Foro es fomentar el diálogo sobre políticas fi scales en la región, para mejorar las políticas tributarias y de gasto público, apoyando de este modo el crecimiento económico y la redistribución del ingreso; asimismo, se centrará en los temas de incentivos tributarios, en particular los destinados a atraer inversión extranjera directa, y de informalidad, en tiempos de consolidación fi scal; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, para que asista al mencionado evento internacional; dado que la temática a tratarse en el citado Foro, está vinculada con los objetivos y metas de este Ministerio en lo que respecta a materia tributaria; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el Ministerio de Economía y Finanzas, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del referido Ministerio; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y,