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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470521 Res. N° 0734-2012-ANR.- Declaran que la Escuela Superior de Guerra Naval ha cumplido con requisitos mínimos de la Ley Universitaria para el funcionamiento de la Maestría Política Marina y Maestría en Estrategia Marítima 470574 Res. N° 0769-2012-ANR.- Declaran que la Escuela Superior de Guerra del Ejército ha cumplido con requisitos de la Ley Universitaria para la creación y funcionamiento de la Maestría en Ciencias Militares con mención en Planeamiento Estratégico y Toma de Decisiones 470575 Res. N° 0782-2012-ANR.- Amplían plazo otorgado a la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruíz Gallo 470576 BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. N° 045-2012-BCRP.- Autorizan viaje de funcionaria a México para participar en evento 470576 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Res. N° 192-2012-CNM.- Nombran Fiscal Adjunta Provincial en lo Civil y Familia de Cañete 470577 CONTRALORIA GENERAL Res. N° 243-2012-CG.- Aprueban modifi cación de Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República 470577 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 0644-2012-JNE.- Aprueban uso del padrón electoral elaborado por el RENIEC para el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012 470578 MINISTERIO PUBLICO Res. N° 1774-2012-MP-FN.- Autorizan viaje de Fiscal Adjunta Suprema Titular a los EE.UU., en comisión de servicios 470579 Fe de Erratas Res. N° 1750-2012-MP-FN 470580 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 4086-2012.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. prórroga para la enajenación de dos bienes inmuebles adjudicados 470580 RR. N°s. 4399 y 4403-2012.- Autorizan viaje de funcionarios a México y Chile, en comisión de servicios 470580 Res. N° 4603-2012.- Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Ecuador 470582 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Res. N° 252-2012-GRA/GREM.- Autorizan a CFG Investment S.A.C. para la generación de energía termoeléctrica 470583 Res. N° 258-2012-GRA/GREM.- Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio de 2012 470584 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO D.A. N° 004-2012-MDCH.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 265-2012 sobre actualización de declaraciones tributarias de predios por los contribuyentes del distrito 470586 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza N° 306.- Establecen Benefi cio de Regularización Extraordinaria de Edifi caciones sin Licencia de Edifi caciones en el distrito del Rímac 470586 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Fe de Erratas Ordenanza N° 00091/MDSA 470588 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALMAY Ordenanza N° 162-2012-MDH.- Aprueba normas complementarias para la regulación, fi scalización, control, evaluación y tránsito del servicio de transporte público especial de pasajeros y carga de vehículos menores 470588 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA Ordenanza N° 007-2012-MDSE.- Reglamentan el servicio especial de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de Santa Eulalia 470589 PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO N° 1113 Mediante Ofi cio N° 650-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1113, publicado en nuestra edición del día 5 de julio de 2012. En la página Nº 469985, en el numeral 1 del artículo 108º a que se refi ere el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1113: DICE: “Artículo 108º.- REVOCACIÓN, MODIFICACIÓN, SUSTITUCIÓN O COMPLEMENTACIÓN DE LOS ACTOS DESPUÉS DE LA NOTIFICACIÓN Después de la notifi cación, la Administración Tributaria sólo podrá revocar, modifi car, sustituir o complementar sus actos en los siguientes casos: 1. Cuando se detecten los hechos contemplados en el numeral 1 del artículo 178º, así como los casos de connivencia entre el personal de la Administración Tributaria y el deudor tributario; y,