Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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(...)." DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

"Articulo 108º.- REVOCACION, MODIFICACION, SUSTITUCION O COMPLEMENTACION DE LOS ACTOS DESPUES DE LA NOTIFICACION Despues de la notificacion, la Administracion Tributaria solo podra revocar, modificar, sustituir o complementar sus actos en los siguientes casos: 1. Cuando se detecten los hechos contemplados en el numeral 1 del articulo 178º, asi como los casos de connivencia entre el personal de la Administracion Tributaria y el deudor tributario;

de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos, las que se crean formalmente mediante resolucion suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.Creacion de la Comision Multisectorial Crease la Comision Multisectorial de Naturaleza Temporal "Ano Internacional de la Quinua 2013", adscrita al Ministerio de Agricultura, encargada de proponer el programa de actividades oficiales a ser desarrolladas en el MORDAZA del citado evento, el cual sera elevado a consideracion del Ministro de Agricultura. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial estara constituida de la siguiente manera: a) Un representante del Ministerio de Agricultura, quien lo presidira. b) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. c) Un representante del Ministerio de la Produccion. d) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. e) Un representante del Ministerio de Educacion. f) Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. g) Un representante del Ministerio de Salud. h) Un representante del Gobierno Regional de Puno. i) Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima. j) Un representante de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU. k) Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA. l) Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. m) Un representante del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA. n) Un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica ­ CONCYTEC. o) Un representante de la Universidad Nacional Agraria la Molina. p) Un representante de la Universidad Nacional del Altiplano. q) Un representante del Centro Internacional de la Papa - Proyecto ISSANDES. r) Un representante de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Alimentacion y la Agricultura ­ FAO. s) Un representante de la Asociacion Peruana de Gastronomia - APEGA. Asimismo, la Comision tendra la facultad de invitar a participar en sus reuniones y/o actividades a instituciones nacionales e internacionales, publicas o privadas. Articulo 3º.- Designacion de representantes Las entidades del Poder Ejecutivo designaran mediante Resolucion de su titular, a sus respectivos representantes, titular y alterno, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Las demas instituciones, comunicaran mediante Oficio, al Ministerio de Agricultura la designacion de sus representantes titulares y alternos, en el mismo plazo senalado en el parrafo anterior.

(...)." 814682-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Crean la Comision Multisectorial de Naturaleza Temporal "Ano Internacional de la Quinua 2013"
RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2012-PCM MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Peru cuenta con una diversidad genetica de quinua tanto MORDAZA como cultivada, considerada un excelente alimento natural por su alto valor nutricional, principalmente por su contenido de proteinas, aminoacidos esenciales, vitaminas y minerales, ademas de ser un producto muy versatil en la gastronomia; Que, la quinua junto a otros granos andinos juegan un papel importante en la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion, en particular de las familias rurales, en la generacion de ingresos economicos y en la produccion de subproductos para la alimentacion de animales domesticos de las zonas altoandinas; por lo que es importante promover su desarrollo y fomentar su consumo; Que, el Peru es uno de los principales productores y exportadores de quinua, cuyo cultivo, transformacion y comercializacion representa una valiosa oportunidad para contribuir a mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion altoandina; Que, la Organizacion de las Naciones Unidas para la Alimentacion y la Agricultura - FAO y la Organizacion Mundial de la Salud ­ OMS, califican a la quinua como un alimento unico por su valor nutricional, capaz de sustituir notablemente a las proteinas de origen animal y la considera como alimento indispensable para el futuro de la humanidad; Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolucion Nº A/RES/66/221, ha declarado al ano 2013, como "Ano Internacional de la Quinua", resaltando la importancia y el alto valor nutritivo del MORDAZA MORDAZA originario de la MORDAZA del Lago Titicaca; Que, esta declaracion involucra una serie de eventos, y es pertinente crear una Comision Multisectorial encargada de proponer un programa de actividades a nivel nacional y de proyeccion internacional; las mismas que deben ser planificadas, organizadas y desarrolladas con participacion de diversas instituciones del sector publico y privado, a fin de aprovechar las potencialidades de este cultivo y otros granos andinos; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 36º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de caracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir funciones

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