Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 045-2012/COE-TC, del 27 de junio de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con la Convencion de Derecho Internacional Privado (Codigo Bustamante) suscrito el 20 de febrero de 1928, en La Habana, MORDAZA, de la cual son parte la Republica del Peru y la Republica de Guatemala; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano ecuatoriano MORDAZA ALCIVAR MORDAZA MORDAZA, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Guatemala, de conformidad con la Convencion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 814683-6

progresiva del Sistema de Gestion de la Seguridad de la Informacion establecido por la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el articulo 5 de la citada Resolucion senala que cada entidad designara mediante resolucion del Titular de la Entidad y hasta MORDAZA del inicio de la fase uno, un coordinador que MORDAZA las veces de oficial de seguridad de la informacion hasta la adecuacion de su estructura organizacional, incorporando tal funcion; Que, en tal sentido, resulta pertinente designar al coordinador que MORDAZA las veces de oficial de seguridad de la informacion en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, segun lo senalado en la Resolucion Ministerial Nº 129-2012-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; y, la Resolucion Ministerial Nº 129-2012-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al funcionario a cargo de la Oficina de Tecnologias de la Informacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como Coordinador que MORDAZA las veces de Oficial de Seguridad de la Informacion, de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 129-2012-PCM. Articulo 2.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 814611-1

PRODUCE
Otorgan a personas juridicas permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras de cerco de banderas ecuatoriana y panamena
RESOLUCION DIRECTORAL N° 104-2012-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de febrero de 2012 VISTO: el escrito con registro Nº 00090606-2011 de fecha 28 de octubre del 2011, adjunto 1 de fecha 07 de noviembre de 2011, adjuntos 2,3,4 de fechas 01, 05 y 20 de diciembre de 2011 y el adjunto 07 de fecha 16 de febrero de 2012, la empresa denominada NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL NIRSA S.A. representada en el MORDAZA por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en la Av. La MORDAZA N° 1257 ­ Dpto: 303, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requieren de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de la citada Ley, dispone que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podran efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Coordinador que MORDAZA las veces de Oficial de Seguridad de la Informacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2012-MIMP MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 129-2012PCM se aprobo el uso obligatorio en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informatica, de la MORDAZA Tecnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnologia de la Informacion. Tecnicas de Seguridad. Sistemas de gestion de seguridad de la Informacion. Requisitos"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 de la referida Resolucion Ministerial, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables debe cumplir con implementar la mencionada MORDAZA tecnica, de conformidad con el cronograma de implementacion

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